Indemnización de un alquiler

Estoy alquilado en un inmueble que está incluido dentro de un Proyecto de Reparcelación. Se va a urbanizar toda la zona y el edificio se tiene que derribar. Me han dicho que me corresponde una indemnización por la extinción de mi contrato de arrendamiento, y que no le toca pagarlo a mi casero, si no al Agente Urbanizador de la Reparcelación.
Os agradecería si me pudierais informar qué tipo de indemnización me tocaría... En base a qué leyes está estipulada, y cómo se podría calcular su coste. Mi contrato es del 2003, es de duración indefinida y pago mensualmente unos 690 euros.
Respuesta
La ley protege al arrendatario en estas circunstancias al derecho de retorno, es decir, a que le den una vivienda en uno de los edificios nuevos; supongo que se trata de una reparcelación ordenada por un ayuntamiento y una constructora privada; en estos casos se suele constituir una junta gestora que negocia una indemnización para los perjudicados, no hay -afortunadamente- baremos de valoración generales. Lo más indicado en este caso será acudir al Ayuntamiento en primer lugar, para recabar información sobre la cuantía de la indemnización que le corresponde, y si no le parece justa debe acudir a un abogado lo antes posible, pues muchos casos de estos terminan en la jurisdicción civil.
Hola, gracias por la aclaración. Según me han comentado, dentro de la reparcelación hay casos en que no se puede compensar de la misma forma que los titulares poseen sus derechos (véase un nuevo alquiler en las futuras viviendas del sector), pues según comentan puede que tarden años en construirse, con lo que en este caso me compensan en metálico por los derechos que tengo como titular de un contrato de alquiler.
Lo que realmente necesitaría saber es cómo se deben indemnizar estos contratos, y en qué se basan (leyes, normativas, circulares, etc...) para calcular la cantidad de la indemnización, pues es lo que necesito saber, ya que si no me convence la cantidad que me ofrezcan, puedo alegar en el momento en que se habrá el proceso de exposición pública del proyecto.
No se si existe alguna forma de cuantificar mi contrato de arrendamiento, basado en los metros cuadrados del inmueble arrendado, en la renta que pago mensualmente, en los años que tengo el contrato... o en años que me faltan de él, etcétera.
Eso es lo que necesitaría saber, para confirmar que se me ha valorado bien o no, ya que a día de hoy, se que me tengo que ir de allí (se va a urbanizar y derribar los inmuebles), pero me quiero ir con todos mis derechos convenientemente valorados (económicamente, claro).
Gracias, espero haberme explicado bien.
Es que hay miles de leyes aplicables, desde la LAU con todas sus correcciones hasta la ley de enjuciamiento civil. Es un tema complejo y para nada cuantificable pues existe jurisprudencia para todos los gustos, el justiprecio del derecho de retorno será distinta dependiendo de muchas variables. Si no le parece justa la compensación, lo mejor es que acuda de inmediato a un abogado.
¿Entonces no hay ninguna forma de saber aproximadamente cual es el valor de la indemnización que me tocaría?... ¿Ni con los datos de mi contrato que he comentado antes?
¿No hay una ley, norma o algo parecido para valorar mi contrato y decir... tocará a tanto (aprox.) La indemnización?
En tantas leyes, normas y circulares... ¿no hay ninguna que lo contemple?
Gracias.
Opino que no
(Salvo buen fin)

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