Pueden añadirme el iva en el alquiler que ya pago

Primero muchas gracias por las respuestas que pueda tener a mi pregunta...
LLevo ya más de un año de alquiler, pagando 600, ¿00? Al mes, ahora la propietaria me dice que a partir de ahora, tengo que pagarle ese importe más el iva, ¿puede hacer eso o los impuestos se entiende que ya están incluidos en la mensualidad acordada en el contrato?
Respuesta
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Según las normas de interpretación de contratos (mala fe de la parte contratante al oscurecer las clausulas), cabe interpretar que los 600 euros llevan el IVA incluido. Entiendo que estás pagando un local de negocio y por tanto el IVA es de obligada declaración; en los recibos debes exigir que te desglose el IVA.
Ojo que se trata de una interpretación, no de una ley; habría que ver el contrato completo; esto es lo de siempre, habrá hecho el alquiler en negro, alguien la ha acojonado con que eludir el iva tiene sanciones fortísimas, están los de la agencia como locos buscando fraude, y ahora te quiere entoligar el 18% de iva a ti.
Muchísimas gracias por la respuesta, pero no es un local, es una vivienda corriente, en caso de que no este especificado en el contrato que el alquiler son 600 más iva, pueden ahora, pasado un año de contrato, ¿exigirme qué lo pague?.
Un saludo.
Un arrendamiento de vivienda de uso habitual NO está sujeto a IVA. Saca a tu arrendadora ésta página donde puedes verlo claramente:
http://www.agenciatributaria.es/wps/portal/Informacion?channel=82bbd78d9d528010VgnVCM10000050f01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=2&img=7
Muchas gracias por tu ayuda, me has quitado un peso de encima, perdona que te incordie con otra cosa al respecto y el irpf, ¿le tengo que retener?.
Un saludo,
¿Retener irpf? No, no; la arrendadora en el caso de madrid (no conozco el resto de provincias) puede desgravarse de su irpf la mitad, y si el arrendatario tiene < de 35 años y cumple unos requisitos, se desgrava el 100%.
La arrendataria puede desgravarse también el alquiler, te quita como el 10% o así, pero con unas condiciones concretas de sueldo etc; para eso es mejor que llames al 901 33 55 33 que es el teléfono de la agencia tributaria y ahí están los que más saben del mundo sobre irpf

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