Incremento en el recibo de alquiler por obras

He recibido una notificación de incremento en el recibo de alquiler por obras. Soy consiente que he de asumir dicho aumento pero tengo una duda. ¿Lo han de calcular sumando el IVA, o bien se ha de hacer el cálculo sin tener en cuenta dicho impuesto?

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En respuesta a su consulta comentale que si su contrato esta firmado con anterioridad al 9 de mayo de 1985, el arrendador podrá repercutirle las obras, tal y como establece la Disposición Transitoria Segunda de la Ley de Arrendamientos Urbanos, Ley 29/1994.
Si su contrato es posterior, el artículo 21 de la citada Ley establece que el arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar la renta, de todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda.
Por el contratio, el arrendador podría elevar la renta por obras de mejora, siempre y cuando, hayan transcurrido cinco años de duración del contrato.
! Hola!, he recibido su respuesta la cual agradezco. El caso es que lo que a mi me interesaba aclarar era si se tenía que calcular el porcentaje de lo que me correspondía pagar, incluyendo el IVA de la factura o sin el. Mi contrato es del año 1975`por lo cual sé que me corresponde el incremento por obras, pero mi duda es esa. Le quedo altamente agradecida por su interés. Reciba un saludo.
Ana María
En respuesta a su consulta comentarle que el capital invertido en la obra es con IVA incluido, siempre y cuando el propietario haya abonado dicho IVA.
Debe saber, que al capital invertido se le deducirán las ayudas percibidas.
! Hola!, soy yo de nuevo. Acabo de recibir su respuesta la cual agradezco pues me ha aclarado el tema. Gracias por su interés y tiempo que me ha dedicado. Reciba un afectuoso saludo.
Ana María

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