Inquilinos que no firmaron contrato renovación

Tenemos un piso que alquilamos el 2008 con contrato de 11 meses. Al finalizar este periodo, hablamos con los inquilinos para hacer un contrato de 5 años y dijeron que se iban a marchar "antes de verano" si no se reducía la cuota.
El contrato vencía el 1 de abril 2009 y no firmaron el nuevo contrato porque decían que "se iban pronto" y no querrían un contrato de 5 años.
No reducimos la cuota y el 4 de abril mandaron un correo electrónico diciendo que "se iban en 3 meses". Nuestro primer contrato daba un periodo de 2 meses para avisar para romper el contrato, y entendemos que nos daban estos 3 meses y para el 1 de julio dejaban el piso.
Hablamos con ellos por teléfono y nos escribimos correos electrónicos, pero no logramos firmar ningún contrato.
El 24 de mayo mandaron otro correo electrónico diciendo que se van el 1 de junio.
Nosotros revisamos la finca en julio, cerramos las cuentas de luz y gas pendientes y les devolvemos la fianza (menos el mes de junio que no nos lo ingreson). Han protestado mucho por el pago del mes de junio y han amenazado con llevarnos a juicio.
Así, las preguntas que tenemos son:
1) Al finalizar el contrato y no tener ninguno vigente,¿? ¿Qué dice la ley espanyola? ¿Se renueva automáticamente?
2) En cuanto al deposito, de buena fe nosotros entendemos que aunque encontraron otro piso, nos habían dado una fecha de 1 de julio. Aunque nos avisaron el ultimo semana de mayo de que se iban antes, no pudimos gestionar nada ni alquilar el piso hasta esta fecha.
3) Por ultimo, ¿aunque no hay contrato de estos meses unos inquilinos pueden llevar a juicio a los arrendetarios por un tema así?
Cualquier aclaración es de mucho agradecer. Soy de EEUU y las leyes son muy diferentes y me encuentro algo desampardo y preocupada ahora, ya que siempre hemos actuado de buena fe y según lo que entendemos de la leyes.

1 respuesta

Respuesta
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Intentaré responderte:
1.- El inquilino puede prorrogar el contrato forzosamente hasta un mínimo de 5 años, mediante prórrogas anuales.
2.- No veo un especial problema en que retengáis esa cantidad, sobre todo porque ya esta en vuestro poder (en concepto de indemnización). Si os la quieren reclamar tienen que interponer una demanda. En ese caso, contratar un abogado par defenderos y poder justificar ese daño o el mal estado del inmueble a su marcha.
3.- Se podría, pero no es lo normal. Les cuesta más el abogado que ese mes de renta.
Y recordad, que si vais a alquilar otra vez el inmueble, podéis utilizar las herramientas gratuitas de rentages. Es; incluso contratar allí un seguro de alquiler de ARRENTA
Muchas gracias por tu respuesta. No me ha quedado muy claro si el contrato se renueve automáticamente sin haber firmado nada, o si al contrario se extingue automáticamente, supongo que depende del contrato en si.
Muy interesante el link que me pones, gracias.

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