¿Es obligatorio que el representante de los trabajadores esté presente en un despido?

Trabajo en un hotel que está dividido entre trabajadores del hotel y la restauración. Ambos tenemos representante común de los trabajadores. Hoy, sin previo aviso, me han despedido pero nadie sabía nada de mi despido y ni mi responsable directo ni el representante de los trabajadores estaba presente en el momento de mi reunión con el dueño y mi despido, claro. Me dice un compañero que tenía que estar presente el representante de los trabajadores y que así no se puede despedir. ¿Es correcto? ¿Puedo reclamar?

Respuesta
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El despido es una decisión unilateral del empresario que pone fin a la relación contractual, actualmente existen varios tipos(disciplinario, objetivo y ERE) pero en general tienen una matriz común, las formalidades, estas son que debe notificarse y debe constar la fecha en la que se producirán los efectos del mismo, el empresario asimismo deberá motivar las razones que conllevan esa decisión todo esto se da en la denominada carta de despido pero ojo el que tenga todo esto no quiere decir que luego no se puede impugnar porque puede ser que sea calificado como improcedente. También puede ser que por Convenio Colectivo se exija alguna más por eso primero habría que saber que Convenio Colectivo tienes

Con respecto al tema de si es necesario que estuviese algún representante legal de los trabajadores, Si en tu caso eres representante legal de los trabajadores que me imagino que no, se procede un expediente contradictorio en el que serán oídos además del interesado los restantes miembros de la representación.

Si tu estuvieses afiliada a un sindicato y al empresario le constase SI debería de dar audiencia previa a los delegados sindicales.

Para acabar recuerda que tienes 20 DÍAS HÄBILES para impugnar, de todos modos estamos a tu disposición para lo que necesites saber sin ningún compromiso puedes preguntarme a través de mi correo [email protected] 

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