Acta comunidad de propietarios(no conforme)

En el acta de la última reunión celebrada, consta que: "Queda renovado por un año más el administrador como Secretario-Administrador de la Comunidad."
Este punto no se abordó en la reunión, el punto del dia era la renovación de cargos, el cuál se abordó todos los cambios de junta de gobierno(presidente, vicepresidente y vocales), pero no se hizo mención ninguna al cargo del administrador(en este caso secretario-administrador).

¿Puedo obligar al administrador a que retire esta frase del acta?

En caso de que el administrador se niegue a quitarala, ¿cómo puedo proceder?

1 respuesta

Respuesta
1

El punto de "renovación de cargos" es el que contempla todas las renovaciones o elecciones de nuevos cargos (presidente, vicepresidente, vocales, secretario, administrador), puesto que son anuales.

Si no se dijo nada, ¿usted qué opina? ¿Para usted no renueva? ¿Están sin administrador? ¿Qué opinan los demás vecinos?

Esté bien o mal, lo que usted detalla es lo que sucede habitualmente. Dado que los cargos de presidente, vicepresidente y vocales, en la práctica, cambian cada año pero, en cambio, el de secretario-administrador, cuando lo ejerce alguien externo, suele mantenerse, es frecuente que no se diga explícitamente nada, salvo que lo que se pretenda es no renovarlo.

En cualquier caso, usted no puede obligar al Administrador a corregir el Acta según lo que usted considere. En todo caso, será la Junta de Propietarios la que tenga que ratificar o no lo que en ella consta. Usted, a lo sumo, a nivel personal podría impugnar ese punto en los juzgados. Pero no se lo aconsejo.

Otros años no ha constado en acta esta renovación para nada, cabe destacar que el contrato del administrador, cumple su anualidad en fecha diferente a la renovación de los cargos, de ahí que no entiendo el porqué la insistencia del administrador de incluir en concreto esa frase en el acta, dicho lo cual, el presidente le ha solicitado retirarla y el propio administrador se niega.

Entiendo.

Lo que deberían hacer, en mi opinión, es hacer coincidir la renovación anual de cargos con la renovación del contrato con el administrador. Y si no es posible, en las Juntas Ordinarias deberían acordar, y hacer constar en Acta, si se renovará en el cargo al Administrador al próximo vencimiento del contrato, aunque no coincida con la fecha de la Junta. Esta segunda opción puede ser problemática, no obstante, dado que si en algún momento deciden no renovar, el Administrador será consciente de ello con cierta antelación, cosa que puede no ser recomendable. También podrían celebrar cada año una Junta Extraordinaria coincidiendo con el vencimiento del contrato del Administrador, para decidir si se le renueva o no.

En cualquier caso, opino que la mejor alternativa sería la primera que le he planteado.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas