Contabilizar un recargo de apremio

Tenemos concedido un aplazamiento que tengo contabilizado en la cuenta 4750.00. No pudimos pagar una de las cuotas y nos ha llegado notificación con recargo de apremio. Dicho recargo lo he contabilizado como incremento de la deuda con hacienda en la misma cuenta y como gasto no deducible en la 678.

(678.00) a (4750.00)

Me podéis decir si es correcto o habría otra forma de hacerlo.

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Es correcto. Puedes usar también la 631 en lugar de la 678 (excepcionales) pero lo importante es que sea un gasto no deducible en impuesto de sociedades

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