¿Baja por ansiedad, resta tiempo de paro?

Estoy de baja por ansiedad y aunque sigo de alta en la empresa (no me han despedido), quería saber si estos días me restan del tiempo de paro que me queda acumulado o al seguir dado de alta no resta.

2 Respuestas

Respuesta

¿Te han dado la baja médica por ansiedad? Descubre tus derechos

¿Qué derechos tienes estando de baja laboral por ansiedad?

Si te han dado la baja laboral por ansiedad te harás muchas preguntas como ¿Cuánto voy a cobrar? ¿Cuánto dura? ¿Puedo viajar o hacer otros trabajos mientras estoy de baja? Vamos a responder a todas tus dudas.

En primer lugar, debemos distinguir si la ansiedad deriva del trabajo o no, puesto que no se cobra lo mismo en el caso de una baja médica debida a una enfermedad común que en el caso de una enfermedad laboral (directamente relacionada con el trabajo). En el primer caso (enfermedad común) no se cobra la prestación por incapacidad temporal durante los tres primeros días, a partir del cuarto se cobra el 60% de la base reguladora hasta el día número veinte y del día veintiuno en adelante se cobra el 75%. En el caso de enfermedad laboral se cobra desde el día siguiente al de la baja y se calcula aplicando el 75% sobre la base reguladora.

La base reguladora la podrás ver en tu nómina del mes anterior en los conceptos “Contingencias comunes” o “Contingencias laborales”. Además, los porcentajes que hemos visto podrán ser aumentados en función de lo que regule en convenio colectivo que se aplique a tu sector.

Para poder cobrar las cantidades que hemos detallado deberás haber cotizado al menos 180 días en los últimos 5 años tanto si trabajas por cuenta ajena como por cuenta propia para los casos de enfermedad común. Sin embargo, en los casos de enfermedad profesional o accidente laboral no será necesario un periodo de cotización previo para poder recibir la prestación estando de baja.

En cuanto al plazo que puedes estar de baja es de 365 días y se podrá prorrogar durante 180 días más si existe una posibilidad de recuperación.

Por lo que se refiere a los viajes en los casos de ansiedad puede que el terapeuta que te trate te aconseje salir de casa y viajar para relajarte y desconectar. También podrás hacer otras cosas como deporte individual o colectivo para poder recuperarte y estimular tu organismo. Se recomienda la autorización por escrito del médico.

En el caso en que tengas duda sobre tus derechos estando de baja, existan conflictos con tu empresa o necesites asesoramiento legal contacta con un abogado especializado en derecho laboral que te ayude y te oriente.

Links de interes

https://www.das.es/blog/te-han-dado-la-baja-medica-por-ansiedad-descubre-tus-derechos/

Gracias!

De nada

Respuesta

Mientras sigas en la empresa, te contabiliza como días cotizados.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas