El impuesto de incremento en terrenos de valor urbano me lo pueden cobrar en una herencia y otra vez en la venta?

Recibí un piso en herencia hace ya unos años. En su día arreglé y pagué todo lo que derivó de esa herencia, incluyendo una plusvalía en el ayuntamiento, que ascendió a bastante, porque cogieron 16 años, (tiempo desde que el fallecido adquirió el piso hasta su muerte, ya que yo era la nueva titular por la herencia) Bueno, pues ahora se ha vendido ese piso y me ha llegado otra carta para pagar un impuesto y esta vez han cogido 20 años, (yo pensé que esta vez sería desde que lo adquirí hasta hoy que lo vendí, ¿qué son unos 6 años) alguien sabe si eso es así? ¿Si estamos hablando del mismo impuesto? ¿Tendría qué reclamar?

1 respuesta

Respuesta

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto y le ayude.

Si usted vende pasado más de un año, efectivamente ha de pagar las plusvalías municipales (Impuesto Sobre el Incremento del Valor de los Terrenos), siempre que haya vendido con beneficios, conforme a las ultimas sentencias.

En cuanto a que años se pagan, efectivamente, como norma general es desde que usted sea propietario, al haber pagado los impuestos ya cuando se adjudico la herencia. Pero hay que ver como se liquido en su momento...

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