Empresa con cif revocado y baja en registro. ¿Me pueden pedir algo?

La empresa que teníamos mi mujer y yo fue mal y la dejamos sin actividad hace 7 años. Al tiempo dejamos de presentar el impuesto de sociedades, que era 0. Este año hacienda nos ha dado el toque y ha comunicado que puesto que llevábamos 3 años sin presentar dicho impuesto, iba a dar de baja la empresa en el Registro. Le dijimos que OK. Que debíamos pagar 3 multas por esos 3 años y presentar dichos impuestos, lo que también hicimos. Y que nos revocaban el cif, lo que también dijimos que ok. Ya hemos pagado las 3 multas. Ahora mi pregunta es la siguiente. Una vez que tengo el cif revocado, la baja de oficio en el registro, y las multas pagadas...¿Me puedo olvidar de la empresa? ¿Puedo, digamos, vivir como si en la practica ya no existiera, y tener la tranquilidad de que no me van a reclamar nada más en principio? Si hay que hacer algún tramite más para olvidarnos, ¿es realmente necesario? No estamos sobrados de dinero, así que queremos saber si realmente es necesario hacer algo más

2 respuestas

Respuesta
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Lo primero recomendarle se pongan en manos de un experto que les estudie su caso concreto.

Mientras una sociedad no esa liquidada y disuelta legalmente, tiene obligación de presentar impuesto de sociedades y cuentas anuales en el registro mercantil.

Nadie les puede garantizar, que aunque Hacienda les haya comunicado esto, no terminen por pedirle más al no haber presentado impuestos. Pero normalmente dejaran de hacerlo.

¡Gracias!

En todo caso en la AEAT en la Oficina Virtual me aparece:

Estado situación Tributaria: Baja

Obligaciones Tributarias:

IVA: Baja (desde el 2013)

Impuesto de Sociedades: Baja (desde xx-10-2019)

Obligaciones Tributarias:

Obligación de Presentar el Impuesto de Sociedades: Baja desde Xx-10-2019

Apartado Deudas Pendientes: No tiene deudas pendientes.

Además me comunicaron que avisaban al Registro de mi baja. Y ha salido en el BOE la baja de mi NIF

Así que entiendo que no estoy obligado a presentar más Impuestos de Sociedades.

Además hace ya 7 años que cerré la empresa

Legalmente si hay obligación mientras no esta liquidada la sociedad.

Pero si efectivamente esta de baja del censo y del registro, después de 7 años, normalmente no le requerirán.

Agradecemos valoración de la respuesta.

Respuesta

En tanto en cuanto no disuelvas y liquides la sociedad persiste la obligación de la empresa de presentar cuentas anuales e impuesto de sociedades todos los años

Un saludo

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