¿Cómo te comunica hacienda una inspección de IVA?

Hacienda me está realizando una inspección del IVA deducible porque he pedido la devolución de 1600 euros. Hay alguna anomalía en facturas de gasolina y comidas. ¿Cómo comprueba hacienda las facturas? Y lo probaste es que nos haga una paralela. ¿Podría realizar de más años y como lo comunica, en la misma paralela o después? ¿Cómo se que el proceso está cerrado?

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Las comidas, lo usual es que no tenga el desglose de factura completa y solo tenga factura simplificada o ticket, y por tanto sea rechazada su deducibilidad, respecto a la gasolina, en vehículos turismo o uso mixto solo es deducible el 50%, y si tiene varios vehículos deberá de indicar la matrícula para que pueda estar identificado porque podría tener una furgoneta de reparto de mercancías, con derecho a la deducción al 100% y el coche del gerente, con derecho sólo al 50% salvo prueba diabólica de exclusividad.

Efectivamente le notificarán por vía electrónica, y iniciarán la inspección si consideran que su nivel de incumplimiento ha sido significativo, si usted tiene 100 Euros de Iva en gasolina, y no le han pillado nada más, eso no es motivo para que revisen los ejercicios anteriores, ahora bien, si usted solicitaba una devolución de 1.600, y como consecuencia de las actuaciones inspectoras entienden que tiene que pagar 1.000 Euros, eso ya es significativo, y podrían investigar los ejercicios anteriores.

Cuando un contribuyente solicita una devolución de IVA, tiene que estar preparado para tener que justificar de forma adecuada todos los importes de IVA deducible, y por eso es necesaria la ayuda de un experto profesional que pueda evaluar las facturas conflictivas, y aportarle soluciones profesionales, para evitarle luego problemas y sustos en la revisión.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto.

Todo se lo comunicará hacienda por vía electrónica, por lo tanto, ha de estar dado de alta en notificaciones. 060 para recibirlas con su certificado digital.

Cuando se abre un procedimiento de comprobación le habrán pedido copia de todas las facturas y de los libros de facturas emitidas y recibidas, con esto hacienda mira si usted ha liquidado correctamente.

Luego le comunica una propuesta de resolución, donde le indicaran el resultado de la comprobación, pudiendo usted presentar alegaciones... y finalmente habrá una resolución... que también seria recurrible...

En cuanto al resto de ejercicios, solo pueden inspeccionar los no prescritos y si en esta le han "pillado" normalmente miran ejercicios anteriores...

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