Indemnización por cancelación anticipada en contrato de alquiler vivienda

Acabo de formalizar un contrato de alquiler como inquilino y no me queda claro la indemnización que correspondería si cancelo en contrato antes del cumplimiento. Tengo la cláusula de un mes de indemnización por cada año que quede de contrato. Lo que no me queda claro es la duración del contrato, pone literalmente:

El plazo de duración del presente contrato es de cinco años a partir del 1 de junio del 2019.

El contrato se prorrogará anualmente hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que la parte arrendataria manifieste a la parte arrendadora con 30 días de antelación a fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo. Por lo que la vigencia de este contrato es hasta el 1 de junio del 2024.

Mi pregunta es ¿si quiero cancelar el contrato en enero del 2020 cual es la indemnización a pagar, Un mes por año hasta el 1 de junio del 2020 o hasta el 2024? Y ¿Si quiero cancelar el contrato el 1 de junio del 2020 también tengo que pagar indemnización?

1 respuesta

Respuesta

Es un poco incoherente la parte de:

"El plazo de duración del presente contrato es de cinco años a partir del 1 de junio del 2019.

El contrato se prorrogará anualmente hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años". Quizá lo que quería decir es que el contrato es por un año prorrogable por períodos de un año hasta alcanzar los 5...

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas