Extinción de condominio y divorcio mutuo acuerdo.

Mi mujer y yo compramos una vivienda al 50% antes del matrimonio, que escrituramos de la misma manera. La vivienda valía 108.000€, yo pague 85.000€ y adquirimos una hipoteca de 42.000€. De la hipoteca quedan de pagar 33.000€. El banco me hace la novación de la misma ampliandome en 10.000€, ya que hemos acordado en que yo me quedo la vivienda y la hipoteca. En el acuerdo de divorcio hemos acordado que yo le doy esos 10.000€. Quisiera saber que porcentaje tendría que pagar hacienda y si ella también tendría que pagar algo.

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De acuerdo con los datos que aporta, salvo error por mi parte, la vivienda tiene un valor neto de 75.000€, por lo tanto le corresponde a cada uno 35.000€, si han hecho disolución de condominio y le ha entregado en pago de su cuota parte 10.000€, evidentemente ha habido "exceso de adjudicación" a su favor y por tanto deberá tributar en IRPF.

Lo que no cuadra es que comprarán al 50%, son sus palabras, y usted pagará 85.000€.

Yo vendí una vivienda y y puse lo que saque que fueron 85.000€ para la compra de la siguiente, la escrituramos al 50% aun habiendo yo pagado esos 85.000€, lo que quisiera saber es cuanto le tendría que dar a ella para no tener problemas con hacienda, tanto por su parte o por la mía. Mi miedo es que lo tomen como una donación en cubierta y tener que pagar como si fuera una compraventa.

Solo le voy a dar 10.000€ porque asumo yo el préstamo que queda de 33.000€. Podríamos divorciarnos antes de hacer la disolución del condominio y si el juez nos da el Ok al acuerdo que es que yo le doy 10.000€, no hacer la disolución o hacerla después con la sentencia. Gracias por tu respuesta, un saludo.

Aclarar que la vivienda esta comprada antes del matrimonio, y luego nos casamos en régimen separación de vienes.

Reitero lo dicho, con independencia de que la realidad fuera distinta, hay que atenerse a lo escriturado a efectos fiscales y, según eso, se produce un exceso de adjudicación a favor de usted, con lo cual tributaria por ITP y luego en IRPF. Si compraron antes de casarse esa casa es un condominio normal.

¡Gracias!  Que quieres decir con  que esa casa es un condominio normal, y cuánto tendría que pagar de ITP  y IRPF, gracias de nuevo, un saludo.

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