Contrato alquiler, reparaciones de habitabilidad

En el contrato de alquiler, no han puesto una cláusula, donde nosotros los arrendatarios tenemos que reparar absolutamente todo. Desagües, tuberías, cerraduras, caldera, calefacción, electrodomésticos...

Creo que esto no es legal, ya que entraría dentro de la habitabilidad y eso corresponde al arrendador. ¿Si esto se firmara? ¿Sería legal? ¿Tendríamos qué hacernos cargo de todo?

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Tal como describe esa cláusula infringe la ley de arrendamientos urbanos en contra del inquilino, por lo tanto es nula y se considera no puesta.

Muchas gracias. Y si hubiese que hacer reparaciones y los caseros no quisieran, como debería actuar?

por otro lado, sería buena idea hacer un seguro de responsabilidad civil?

gracias de nuevo

Si hay que efectuar reparaciones a cargo del casero, por imperativo legal, primero deberán reclamarlas amistosamente y si no da resultado, judicialmente.

Es más que conveniente que el inquilino tenga un seguro de responsabilidad civil y de asistencia jurídica

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