Sí no paso tribunal médico ¿Excedencia o licencia retribuida?

Va a hacer un año que me encuentro de baja por ansiedad por tema personal. En breve tendré que pasar tribunal médico. Si no lo paso y me obligan a cogerme el alta ¿qué opciones tengo? No se si me puedo acoger a una excedencia o a una licencia no retribuida. Tengo una hija de 5 años y actualmente estoy embarazada. Mi idea es una vez que transcurran los meses e excedencia o licencia cogerme la baja de maternidad.

Respuesta
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No sé en tu caso en concreto, pero la excedencia suele tener una mayor duración; sí existen normalmente permisos sin sueldo de varios meses, cuya concesión pueda depender de las necesidades del servicio, etc. Por supuesto que para pedir la baja se supone que tendrás que estar en activo (no en excedencia).

Por un lado, por supuesto que el no pasar el Tribunal no impide otros motivos de baja laboral, sobre todo ahora con motivo del embarazo. Desde luego que después de la baja maternal, es posible que haya alguna modalidad de permiso para poder cuidar a tu hijo. Por otro lado también te vendrá bien el aceptar el criterio del tribunal; ten en cuenta que no siempre el dejar de trabajar puede ser la mejor opción; en cualquier caso siempre te vendrá bien el afrontar los acontecimientos de la mejor manera. En este sentido te recomiendo el enfocar los asuntos no desde el punto de vista de los intereses particulares meramente, sino que enfocándolos pensando en el bien de verdad que puedes hacer en ellos, y gracias a ellos, hacia todas las personas implicadas, sin pretender controlar resultados en este sentido, sino que más bien procurando que la parte de uno sea la mejor, y más rectamente encaminada, confiando en los resultados. Por supuesto que todo con la gracia de Dios.

Lo he hablado con la empresa y les parece bien que luego coja excedencia o licencia.  Es más, les haría más faena si voy dos meses a trabajar para luego volver a coger la baja.

Lo que quiero saber es que opciones tengo y que diferencias hay entre unas y otras.

Para poderme coger la baja de maternidad tengo que estar de alta?

Muchas gracias 

Yo te diría, que además, dado que les parece bien, que te informen de las posibilidades, y también, si te parece bien (o te informas en otro sitio), que te informen de las normas exactas.

La excedencia creo que tiene una duración mínima de 4 meses. Y creo que para pedir la baja tienes que estar en activo (con la excedencia entiendo que no estás en activo). Estando embarazada, quizá la excedencia te condicione, si hubiera un motivo para pedir una baja, o posteriormente la baja maternal. De todo esto puedes preguntar, e ir a leer la norma al respecto.

Puedes hablar con tu médico, ya que el tribunal va a decidir sobre tu estado permanente, me imagino, pero ahora puntualmente tienes una situación distinta por el embarazo, etc. Quizá puedas pedir una baja laboral por otro motivo.

No sé si podría haber algún permiso de uno, dos o tres meses; no lo he visto. En tu caso, mínimo de 4 meses quizá sea mucho, aunque no cabe duda de que a lo mejor eso te evita papeleo y te da tranquilidad.

Como dices, a ellos no les vendría bien que volvieses dos meses, para luego coger una baja. Pero creo que de dos meses no te puedes pedir un permiso. Como te dije, la excedencia es mínimo 4 meses, creo (sobre los datos exactos, tienes que consultar).

Si solicitases excedencia, tendrías que preguntar si, pasado el tiempo solicitado, la reincorporación sería inmediata o habría que solicitarla, y pudiera retrasarse.

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