Voy a estar más tiempo de baja, que los meses qué tengo de paro, ¿Quién paga la diferencia?

Estoy de baja por operación de columna, la mutua me va a empezar a pagar por que me han despedido y me dicen que los meses que este de baja luego los descuentan del paro, pero yo de paro tengo 5 meses nada más y mi baja va a ser mucho más larga, aprox un año, ¿quién paga la diferencia entre los meses qué me pague la mutua y los meses de paro?

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Tranquila, te lo han explicado bien pero de forma un poco liosa, en resumen: a ti te seguirá pagando la mutua hasta tu alta médica, lo único la cantidad que te pagará equivaldrá a la cantidad que cobrarías de prestación por desempleo. Hablo de cantidades, no de tiempo.

Cuando llegue tu alta médica y vayas a solicitar la prestación por desempleo, los del SEPE, harán la "resta" del tiempo que has estado de baja en la mutua y el tiempo que tenías derecho a desempleo. Si, como dices, has estado más tiempo del que tenías de desempleo, simplemente te dirán que no tienes derecho a prestación por desempleo y ya está.

Es decir, a ti te seguirá pagando la mutua hayas "consumido" el tiempo de desempleo o no.

¡Qué vaya todo bien!

¡Gracias!

Quisiera hacer otra consulta, si yo llevo cotizados solo 12 años y con el tema de mi operación de columna que a sido una operación tremenda y ya tengo reconocida una minusvalía del 58%,si mi baja se alarga y no me recuperará como espero, yo podría optar a una invalidez permanente? Gracias de antemano. 

Vale, ahora tienes una DISCAPACIDAD del 58% (ya no se llama minusvalía), cuando acabes con todo el proceso médico (operación, recuperación, rehabilitación,...) podrás volver a solicitar hora en el Servicio Social de Base de tu provincia para que te vuelvan a valorar y ajusten el porcentaje. Estos valores se obtienen del Real Decreto 1971/1999, y son valores fijos, por así decirlo. Te dejo el link a la legislación.

https://www.boe.es/boe/dias/2000/01/26/pdfs/A03317-03410.pdf 

Por otro lado, me preguntas por "invalidez permanente", es lo que se llama INCAPACIDAD. Esto se valora desde el INSS. Allí valoran si las lesiones permanentes que te hayan quedado afectan o no afectan a tu trabajo habitual o a cualquier tipo de trabajo. Como ves, esto ya no se trata de valores fijos puesto que depende de tu trabajo habitual, hay trabajos para los que unas lesiones permanentes serán incapacitantes y otros trabajos para los que esas mismas lesiones no afectarán para ejercerlos.

Mi recomendación: no corras. De momento, espera a ver resultados médicos, ver que lesiones te pueden llegar a quedar, date tiempo. Durante ese tiempo estarás de baja médica y te pagará la mutua, como hemos comentado en tu pregunta inicial. Puedes llegar a estar de baja médica 12 meses más un aprorroga de otros 6 más si el INSS lo considera. Durante este tiempo la mutua te llamará para revisiones para ver cómo estás y qué tratamientos te están dando. Si se les ocurre algo para tu mejoría, te lo propondrán, su objetivo siempre es que te recuperes lo antes posible y hay ocasiones que tienen menos listas de espera que la seguridad social. Si al llegar al final de los 18 meses de baja médica, tus lesiones permanentes claramente no te permiten ejercer tu trabajo habitual, será la propia mutua la que pida al INSS que se inicie un expediente de incapacidad permanente. No obstante, si esto no ocurre, siempre puedes solicitarlo tu. Por lo que te recomiendo que esperes, porque el INSS si no está claro que las lesiones son permanentes te denegará la incapacidad, y para ver si son permanentes necesitan tiempo, por eso lo de la prorroga de la baja médica.

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