Carencia hipoteca y reclamación de gastos

Estoy en proceso de solicitud de una carencia de dos años en mi hipoteca, con lo que en esos dos años sólo pagaré intereses. Para ello creo recordar que me dijeron que me harían una NOVACIÓN de hipoteca.

Las dudas que tengo son

1. ¿Al haber hecho esta novación seguiré teniendo derecho a reclamar, en un futuro, la devolución de los gastos hipotecarios de la hipoteca original (gastos de notaría, registro, etc) o, por contra pierdo este derecho al ser como si fuera una hipoteca nueva?

2. ¿Seguiré teniendo derecho a devolución en la declaración de la renta (irpf)?

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Respuesta
1

Ante todo no entiendo la necesidad de esa novación.

En todo caso considero que ello no perjudica su derecho a reclamar lo indebidamente pagado, ni la deducción en IRPF, ahí es posible que deba explicar a la AEAT que ha habido una novación.

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