Que pasa si no se ha tributado las indemnizaciones por fin contrato?

Nos ha entrado una empresa nueva a la que no le han estado practicando retención de IRPF en las indemnizaciones de las extinciones por fin de contrato que se han ido produciendo durante los últimos 3 años por lo menos, la empresa a día de hoy no ha recibido ningún requerimiento de la AEAT. ¿Qué puede pasar? ¿Puede qué la AEAT sancione a la empresa?

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Las indemnizaciones por extinción de contrato laboral no tributan en IRPF, están exentas en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores siempre que sen como consecuencia de despido del trabajador.

Però no és despido, és indemnizacion de 12 dias por fin contrato temporal y segun criterio de la AEAT debe tributar. Mi consulta se refiere a este tipo de indemnizaciones

En tal caso si que pueden tener problemas con la AEAT, salvo que por la escasa cuantía de las indemnizaciones no estuviera sujeta a retención.

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