En un proceso monitorio de menos de 1000€ solo pueden exigirte el importe de la deuda expresamente? O tb recagos por demora?

Seegún lo qie explican en otras preguntas y respuestas... Entiendo que si llegas a un proceso monitorio por una deuda de menos de 1000€, sin llevar abogados ni nada, tan sólo se te puede reclamar el importe exacto de la deuda, ¿sin costes adicionales ni por costas ni por comisiones ni nada? En casos de deudas de micro-créditos...

¿Alguien qué sepa

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Exactamente. Si pagas en plazo de 20 días que te dan, con tal de pagar la deuda, queda finiquitado el tema

A no ser que sean deudas de comunidad de propietarios, que entonces si llevan costas

¡Gracias! Me vale de mucho la información. Ahora sé que en poder, pago la deuda en su totalidad o en caso de llegar a que me lo reclamen a través de dicho proceso, debo cumplir el plazo. Pero  no es necesario que tenga en cuenta ni tome enserio las amenazas que ejercen sobre la persona, ya que coercionan con conceptos de intereses costes de juicios y demás cuando la deuda no asciende a más de 300€...

Muchas gracias!

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