Dinero reclamado pensión alimentos hijo: de quien es?

Mi hermana, tras 3 años de impagos intermitentes de su ex (a pesar de tener bastante dinero) de la pensión alimenticia de su hija le ha denunciado. Hasta ahora es la madre, de su bolsillo, quien ha suplido lo que el padre no enviaba para que su hija no sólo tenga cubiertas las necesidades básicas si no que pueda tener algunos caprichos propios de la edad (adolescente). SIn embargo, ella (la madre), si que ha tenido que renunciar a muchas cosas a las que no hubiera tenido que renunciar si el padre hubiera cumplido con lo que la sentencia dictó.

La pregunta es, en caso de ganar como se espera el juicio y le paguen el dinero adeudado, ¿ese dinero sigue teniendo que destinarlo a su hija o puede destinarlo a ella misma y compensar las renuncias de estos 3 años?

La madre ha adelantado un dinero de su bolsillo que tendría que haber pagado el padre y si no lo hubiera hecho tenido que hacer (el padre hubiera cumplido) ese dinero lo tendría a día de hoy o lo habría disfrutado de él . Como digo hasta el día de hoy la única perjudicada económicamente por los impagos del padre ha sido la madre, la hija no lo ha notado.

4 Respuestas

Respuesta

Si la reclamación judicial, que no denuncia, es por alimentos para esa hija, la cantidad que señale el juez para ello debe destinarse al sustento de esa hija, lo que hasta ahora haya "anticipado" la madre no puede compensarlo con lo que ahora reciba. Esa hija ¿Es menor de edad?

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La única persona legitimada y capacitada para reclamar y recibir las pensiones de alimentos a favor de los hijos menores, es la madre, pero ello no quiere decir que el dinero percibido por la madre, sea para su uso y disfrute, este va siempre destinado a la contribución y sostenimiento del menor ( ropa, alimentos, colegio etc... ).

Lo que si puede solicitar la madre al Juez, es que se le abonen los intereses devengados por demora.

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Es de lógica entender que la Madre anticipa de su patrimonio los impagos del Padre, a mi juicio, y salvo mejor opinión, es lícita la compensación.

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Disiento respetuosamente de los magníficos y competentes letrados Pedro e Isis: el dinero que se entrega a una madre lleva implícita la presunción de que el destino será el de los menores que tiene a su cargo. De ninguna de las maneras se le pueden echar otras cuentas distintas. El dinero se le entrega íntegro, sin que esa señora tenga que dar cuentas a nadie. En el caso de que el menor sufra desatención grave se cambiaría el régimen de custodia y de paga por alimentos, si así lo considera el juez; pero el dinero que va a coger ahora va directamente a su buchaca y, mientras esté su hijo bien cuidado, se lo gasta en lo que quiera.

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