DEMANDA de PENSIONES A HIJOS

Le voy a explicar un caso y a ver si me puede resolver mis dudas. Resulta que hace 27 años un hombre se divorció de su mujer teniendo 3 hijos. Durante estos años el hombre no se hizo cargo de sus hijos y se declaró insolvente. Ahora al cabo de 27 años la ex mujer lo demana porque uno de sus hijos tiene minusvalía del 65%, recibe una pensión no contributiva de 600 euros y le pide al padre que le pague una pensión mensual de 300 euros. La hija con minusvalía tiene ahora 47 años.

El hombre no tiene bienes a su nombre ni propiedades. Actualmente esta casado y jubilado y gana una pensión de jubilación aprox de 750 euros porque tiene a su cargo a su mujer actual que no trabaja.

Lo único que tiene a su nombre es un coche pequeño que lo tiene hace unos 7 años.

Mi pregunta es, ¿le pueden embargar el coche? ¿Se puede hacer un cambio de nombre del vehículo para que no conste a su nombre?

¿Le debe de pagar 300 euros? ¿Siendo jubilado y con una pensión miserable y con su mujer a cargo?

PD: la ex mujer y los hijos viven en la comunidad de andalucia y el hombre vive en cataluña.

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Tiene que celebrarse un juicio y tras el juicio el juez dictará sentencia. Es imposible adelantar que disposiciones contendrá esa sentencia, porque se valorarán todas las circunstancias y en base a las mismas el juez resolverá.

Puede que se señale una pensión, pero que esta sea inferior a 300 euros, que es lo más probable, pero debe celebrarse el juicio.

Un vehículo es un bien que puede ser embargado. También es embargable la pensión de jubilación, por lo que en caso de que se le obligue a pagar una pensión, esta se cobraría de la pensión de jubilación.

En los casos de pensiones de alimentos, se puede embargar incluso el sueldo mínimo interprofesional, por tanto la totalidad de la pensión es embargable.

Hola gracias por la respuesta pero es que estamos hablando de su hija que tiene 47 años y que tiene una pensión de 600 euros que es mas de lo que gana el hombre con la jubilación que gana 550 mas 200 por tener a cargo a su mujer.

El coche que esta a nombre del hombre, se podría ahora hacer un cambio de nombre para que no conste a su nombre y no lo puedan embargar?

Muchas gracias!!!

Para resolver si la mujer tiene o no derecho a percibir una pensión por la hija comúm se celebrará un juicio. Es imposible saber a priori que resolverá el juez. Lo que no se puede impedir de ninguna forma es que la madre lo demande, si cree que tiene derecho a ello.

Puede cambiar el coche de nombre, porque si se determinara en el juicio que tiene que pasar una pensión (la que sea) no le embargarían el coche, le embargarían la jubilación, porque es embargable en cuestiones de pensiones de alimentos la totalidad del dinero que se percibe.

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