¿Cómo puedo cancelar cuenta bancaria con titulares fallecidos hace 15 años?

Quisiéramos cancelar una cuenta bancaria de mis abuelos que fallecieron hace 15 años y la cual ha sido intervenida por hacienda. Esta cuenta seguía activa ya que se pagaba el Ibi, luz, agua, de una casa que tenían en el pueblo y la cual siguen disfrutando sus hijos. Decir que no hay testamento, ni ultimas voluntades, ni ningún documento hecho tras el fallecimiento.

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Las únicas personas que pueden cancelar la cuenta de tus abuelos son los herederos legales, como indicas que no hay testamento ni nada, debes acudir al notario exponiendo la situación de los herederos para que prepare la documentación necesaria para poder hacerse herederos y seguidamente dirigirse a la entidad financiera para poder cancelar la cuenta.

Otro tema es que os merezca la pena, has comentado que estaba intervenida por hacienda, ¿o sea está embargada? ¿Por algún impago quizás? A tu disposición Un saludo.

En primer lugar muchas gracias por tu respuesta. En realidad no ha habido ningún impago, la única información que nos dio el banco fue que hacienda había bloqueado la cta porque hacia más de 10 años del fallecimiento. No hemos recibido notificación ninguna de hacienda. Nos enteramos del bloqueo cuando fuimos al banco a ingresar dinero para seguir atendiendo los pagos de los recibos. Es una cta que solo se usa para eso y en la que el saldo suele ser de poca cantidad.

Mantengo lo indicado en mi respueta anterior, como solución alternativa redomiciliar los recibos que actualmente se cargan en la cuenta a nombre de tu abuelo en otra cuenta a vuestro nombre, es posible que las entidades emisoras de citados recibos no os acepten citado cambio ya que supongo que los recibos irán a nombre de tu abuelo, no obstante si conseguís hacerlo sería una solución, dejar que la actual cuenta a nombre de tu abuelo se salde sola con cargo de recibos y una vez que por si misma este cero la entidad financiera la pasará a situación de inactiva y no generará gastos ni comisiones. Supongo que habrá bienes a nombre de vuestro abuelo, si no interesa haceros herederos por los gastos o porque soy muchos herederos y además no os permiten redomiciliar los recibos no hay solución salvo la indicada en mi anterior respuesta, haceros herederos. A tu disposición.

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