Casa en terreno rustico escriturada, inscrita en el catastro y con cedula de habitabilidad, pero ilegal

Hace 2 años compre un finca rustica donde había una casa de 79 metros. El terreno es de apróximadamente 7100 metros. El problema es que en teoría la casa era legal con escritura de obra nueva (donde según el notario en escritura deja reflejado que no se presenta documentación como que se han presentado permisos para la construcción o proyecto de arquitecto, etc..), también disponía de cedula de habitabilidad y otra documentación que no dejaba duda de su legalidad. El tema es que al realizar una consulta a un gestor sobre datos de la finca y al realizar una serie de averiguaciones me llama y me dice que la construcción no es legal urbanísticamente hablando, que esta registrada y puesta en la escritura, pero que no es legal. Que pasos tendría que hacer para poder legalizar urbanísticamente.

Por otra parte no entiendo como se puede dar una cedula de habitabilidad sin ser legal.

Respuesta
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A ver, si tienes cédula de habitabilidad, no le des muchas vueltas.

Caben varias opciones y sin conocer la documentación y las normas del ayuntamiento, sería conjeturar.

Si una obra es ilegal por no cumplir las normas urbanisticas, no cabe legalizacion. Como mucho una declaración de fuera de ordenación.

Pero te repito que si tienes cédula de habitabilidad no te preocupes, la legislación te ampara y mucho.

Si la licencia estuviese mal concedida, el ayuntamiento respondería patrimonialmente.

La cédula de habitabilidad es requisito para escriturar obra nueva, si está mal concedida, es posible anular la compraventa con la indemnización de todos los gastos.

Así que duerma tranquilo, y no se preocupe mucho, vaya al ayuntamiento y solicite un informe urbanístico de su vivienda y allí verá la situación de su vivienda

Muchísimas gracias por su contestación.

Ya hemos estado en el ayuntamiento y nos han dicho que no figura ninguna documentación de obra nueva ni nada por el estilo, que si hay infracción a prescrito.

El tema o mejor dicho lo que no me deja dormir es si me la pueden tirar por no cumplir con la normativa urbanística.

Por documentación tenemos para parar un tren. 

Hoja informativa del ayuntamiento demostrando antiguedad de la casa desde el 86

Escritura de obra nueva, es verdad que como he comentado antes el notario puso en la escritura que no se presentaba documentación de obra nueva.

Otra cosa que no entiendo es por que el ayuntamiento le dio al antiguo dueño permisos de obra para hacer un porche o cerramientos si no era legal urbanísticamente. Tengo esa documentación con las tasas pagadas y selladas por el ayuntamiento.

Vamos que es una incertidumbre total.

La pregunta es si me la pueden tirar, si un día la puedo alquilar ya que mi situación económica es justita y tengo que tantear esa opción y por ultimo se podría legalizar de alguna forma, que significa lo de declaración de fuera de ordenación?

Por otro lado estoy intentando comprar la finca unida a la mía para cumplir los 14000 metros que son requeridos, pero el problema es que al saber que soy vecino y la importancia que tiene para mi a puesto un precio muy elevado para mi presupuesto.

Nuevamente le doy las gracias por su contestación.

Del 86!

Estas en situación de fuera de ordenación, salvo que estuvieses en rústico de especial protección, han transcurrido los 5 años que tiene la administración para actuar.

A dormir con la pierna suelta y tranquilo.

Solo una salvedad, por precaución la casa tienes que mantenerla en buen estado, puesto que en situación de fuera de ordenación, no se permite la consolidación, solo el mantenimiento.

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