Mi abuela fallece y un mes después mi padre,tenemos muchas dudas.

Fallece mi abuela(si deja últimas voluntades), un mes aproximadamente después mi padre(no deja testamento ni le da tiempo a levantar el de mi abuela), mi abuela tenía dos hijos, mi padre y mi tío.

Mi padre 3 hijos incluido yo. Sabemos que solo hay testamento de mi abuela, la pregunta son varias:

1-¿Tendremos qué pagar dos veces los impuestos de sucesión?

2-Si mi padre no a dejado testamento y él tenía deudas, ¿esas deudas aunque no dejara testamento y al pedir nosotros lo que él tenía que heredar nos las deja o no?

3-Si en caso de dejarnos esas deudas solo uno de los hijos... Ni su hermano ni dos de los hijos y solo uno se hiciera cargo a la hora de firmar la herencia?

2 respuestas

Respuesta

Tendría que saber en qué Comunidad Autónoma vive usted para poder saber qué legislación le corresponde, yo le puedo hablar desde la legislación catalana, aunque no es muy distinta de la legislación común, puede variar un poco.

En su caso usted y sus hermanos tienen el derecho de transmisión por lo que ustedes heredarían de su padre la parte que a él le correspondía de la abuela.

En tal caso hay dos herencias la de su abuela y la de su padre por lo que ustedes pueden aceptar o repudiar las dos herencias en el mismo acto o aceptar la de su padre y repudiar la de la abuela. Lo que no van a poder hacer es aceptar la de la abuela y repudiar la de su padre. Por tanto en el caso de que su padre, tal como dice ha dejado muchas deudas pueden hacer dos cosas o repudiar las dos herencias o aceptarlas a beneficio de inventario porque si aceptan pura y simplemente, las deudas no sólo recaerán sobre la herencia que acepten; sino que si no hay bastante con ello para cubrir las deudas irán hacia el patrimonio propio de ustedes.

En cuánto al impuesto de sucesiones no soy fiscalista por lo que no le puedo ayudar. Esto lo tendría que consultar con un abogado fiscalista.

Cualquiera de los coherederos pueden rechazar la herencia que le correspondiera, en tal caso su parte se repartiría entre aquellos que si acepten aunque sea a beneficio de inventario.

Esta información es a grandes rasgos, luego estudiado detenidamente el caso, como el testamento de su abuela y jurisprudencia, podría variar la respuesta.

Muchísimas gracias,una pregunta más.

Aceptando  modo inventario se puede pedir los movimientos y cuentas esistenye de mi abuela o incluso de mi abuelo que no dejo testamento para antes ver lo que esistia dineraria mente hablando?.

Donde mi abuela cobraba la paga de viudedad nunca nos la an enseñado y sabemos que había dinero seguro,nos enseñaron una con un solo movimiento de un ingreso de 6000 euros y en la cual la titular es la mujer de mi tío el otro heredero y cotitular o autorizada mi abuela.

Mientras ustedes no acepten la herencia y presenten impuesto de sucesiones no le van a facilitar esos datos bancarios. Hablen con la notaría donde tengan que hacer este trámite y ellos se encargarán de todo.

Respuesta

1.- Depederá de como hagan la adjudicación de esas herencias.

2.- Si aceptan la herencia de su padre, pura y simplemente, la aceptan con créditos y deudas.

3.- Quien no acepte la herencia no asume las deudas de la misma.

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