¿Me obliga un presupuesto sin CIF?

Hace meses solicité un presupuesto a una empresa y recientemente me animé a aceptar sus servicios. Busqué su teléfono en internet y contacté con la que me dijeron era la misma empresa, pero al venir a casa y comentarme el presupuesto, me dijeron que la empresa se estaba dividiendo por desacuerdos de los altos cargos, y que por eso el logo del presupuesto era diferente, pero que la garantía la tendré con la empresa original (algo así como una franquicia me dijeron). Me sonó un poco raro, pero me pilló con la guardia baja y firmé (esto fué ayer). He hecho comprobaciones y veo que me han engañado, pues la empresa con la que he firmado lleva un año y pico separada de aquella con la que contacté hace 5 meses, y no me fío de ellos por la forma en que me han "captado" (amén de algunas malas opiniones que veo en internet). El caso es que el presupuesto que firmé y mi copia carecen de CIF. ¿Estoy obligada a algo por haber firmado este presupuesto, o puedo rescindirlo?

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Respuesta

El Derecho de desistimiento de contratos celebrados fuera del establecimiento mercantil está regulado en el Título III del Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre donde se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y usuarios y otras leyes complementarias.

Básicamente, en lo que a esto se refiere, esa ley dice que:

1.- Desde la fecha en la que firmó el contrato usted tiene 14 días para ejercitar este derecho sin indicar el motivo.

2.- Si ha entregado alguna cantidad a cuenta, el proveedor tiene 14 días para devolvérsela, si no lo hace en ese plazo, tiene usted derecho a reclamarle el doble de lo que le debería haber devuelto.

3.- Usted debe poder demostrar de forma fehaciente que ha ejercitado este derecho por lo que es muy importante que lo haga por escrito. No sirven de nada los dimes y diretes, las llamadas telefónicas o los correos electrónicos.

Para hacer esto tiene varias formas pero yo me decantaría por alguna de las siguientes:

a) Presentar en la empresa el escrito de desistimiento. Para ello deberá llevar dos copias. Una para la empresa y otra, que ha de firmarse y sellarse por la empresa, para usted.

En caso de que la empresa no quiera firmar y sellar el escrito de desistimiento, usted podrá solicitar la Hoja de Quejas y Reclamaciones y cumplimentarla indicando que se adjuntan el documento que la empresa se niega a recibir. Debe adjuntar el escrito de desistimiento a la Hoja de Quejas y Reclamaciones y la empresa no se puede negar a firmar y sellar dicho impreso. En caso de negarse, puede usted llamar a la policía municipal y que se encarguen ellos de resolver el asunto. Normalmente le indicarán a la persona de la empresa que no puede negarse a firmar y sellar la Hoja de Quejas y Reclamaciones y en caso de que sigan negándose, levantarán acta de lo sucedido. A todos los efectos dicha acta es suficiente para que el escrito de desistimiento se considere entregado a la empresa.

b) Enviar por burofax con acuse de recibo el escrito de desistimiento. Correos tiene un servicio de burofax que actualmente cuesta alrededor de 15 €. Este servicio lo presta en sus oficinas y atreves de Internet. Si opta por el servicio de Internet, no olvide marcar la casilla de acuse de recibo.

Yo personalmente prefiero el burofax ya que tiene toda la validez legal necesaria y no me obliga a enfrentarme a posibles situaciones desagradables.

El escrito debe contener todos sus datos y los del proveedor, así como los datos del contrato (fecha de la firma y objeto del mismo)

Como ejemplo le pongo el siguiente modelo de desistimiento:

A la atención de (poner nombre, NIF, dirección, teléfono, etc. del proveedor)

Por la presente le comunico que desisto del contrato firmado el día (poner fecha) para la realización de (describir brevemente los trabajos que se iban a realizar. Por ejemplo: Pintado interior de la vivienda; Reforma de un cuarto de baño; Reforma de la cocina) por un importe de (poner el importe total)

Así mismo se le recuerda que según la normativa vigente en materia de compras a distancia y fuera de establecimiento mercantil, Título III del Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre donde se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y usuarios y otras leyes complementarias, el ejercicio del derecho de desistimiento extinguirá las obligaciones de las partes de ejecutar el contrato a distancia o celebrado fuera del establecimiento, o de celebrar el contrato, cuando el consumidor y usuario haya realizado una oferta (art. 106.5), que como empresario me reembolsará todo pago recibido, incluidos, en su caso, los gastos de entrega, sin demoras indebidas y, en cualquier caso, antes de que hayan transcurrido 14 días naturales desde la fecha en que recibió mi voluntad de desistir de este contrato. Además se le recuerda que según el art. 107.1 si se retrasara injustificadamente la devolución de las sumas abonadas, le reclamaré me abone el doble del importe adeudado, sin perjuicio de reclamar los daños y perjuicios sufridos que excedan de dicha cantidad.

Firmado por (ponga su nombre, DNI, dirección, teléfono, etc.) en (lugar de su domicilio) a (día) de (mes) de (año)

(Su firma)

Notas:

1.- Si en el presupuesto aceptado aparece el nombre de alguna otra persona o si no está a nombre suyo, deberá incluir los datos de la otra persona además/en vez de los suyos. Solo puede desistir el titular del contrato, en caso de ser varios titulares, todos deberán desistir, basta para ello que se pongan sus datos y firmen el escrito de desistimiento.

2.- Si usted ha entregado una cantidad a cuenta y el proveedor no se la devuelve en el plazo fijado de 14 días, usted siempre podrá reclamar dicha cantidad en los juzgados. Esperemos que no sea necesario acudir a ellos.

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