Vecinos se niegan a pasar ITE

Reparto de cuotas, propietarios:

No hay comunidad constituida como tal (persona jurídica, estatutos, etc)

5 propietarios, 2 viven en el edificio ( 2 votos, minoría), 3 no ( 3 votos, mayoría).

Los 3 propietarios que no viven en el edificio (les llamaré grupo A), compraron hace 5 años. Actúan como si fueran 1 solo, son 2 personas con buenos contactos a nivel político (uno es de los mayores empresarios de la ciudad), grandes influencias en el ayuntamiento (otro trabaja como abogado externo para el ayuntamiento) y recursos económicos de sobra, cada uno figura como propietario de un piso (1 y 2) y han puesto el bajo a nombre de una empresa donde ellos son administradores.

Los 2 que viven (les llamaré grupo B) son propietarios antiguos y personas con pocos recursos económicos y ninguna influencia, propietarios de los 2 pisos altos (3 y 4) . Y soy del grupo B.

El grupo A, compra la mayoría del edificio, propone al grupo B comprarles su parte, grupo B no quiere vender.

A partir de aquí, todos los problemas que se imaginen.

(Perspectiva real pero que no puedo probar: grupo A, quiere hacerse con todo el edificio, si no consigue que le vendan, planean que las deficiencias sean tan graves que se pueda dar el edificio por ruina)

Situación actual:

A principios de 2016 se comunica por parte del ayuntamiento a cada uno de los propietarios de manera individual, la obligación de pasar la ITE .

Para que se hagan una idea de como es la situación, el grupo B pide presupuesto a varias empresa de la ciudad para arreglo de las deficiencias antes de pasar la ite. Todas las empresa sin excepción, en cuanto se enteraron de quienes eran los otros propietarios, por no enfrentarse a ellos, se excusaron para no hacer la obra o bien entregaron presupuestos excesivos para no ser elegidos.

Grupo B envía burofax a grupo A solicitando se pongan en contacto para contratar empresa que pase la ITE, o bien contratarla ellos y que el grupo A pague su parte correspondiente y en ese caso que permitan el paso de los técnicos a sus propiedades.

Grupo A, no responde al burofax ni se pone en contacto con grupo B. No indican por escrito su negativa, simplemente dan la callada por respuesta.

El plazo para pasar la ite termina el 30 de enero del 2017

Edificio muy antiguo, nunca se pasó la ITE.

Grupo B, habla con la oficina responsable de la ITE y les informa del caso, y pregunta si pueden pasar la ITE de la parte a la que ellos pueden dar acceso ; (pisos 3, 4, bajo cubierta y cubiertas) la oficina de la ITE, indica que no les valdrá de nada, que tienen que pasarla todos los vecinos, que si no lo hacen, tendrán una sanción.

Preguntas:

1) ¿Qué puede hacer el grupo B?

2) ¿Cómo es que si han mandado de manera individual el aviso de pasar la ITE, hagan responsables, multen también a los propietarios que si acceden a pasar la ite?

3) Valdría de algo, al fin de evitar la multa:

a) Entregar por escrito en la oficina de la ITE, una declaración por parte del grupo B donde se indique que ellos si acceden a pasar la ITE y en caso de que puedan que vayan los propios técnicos de la ITE

b) Contratar técnico para pasar la ite y que esta sea incompleta, por no poder acceder a los pisos del grupo A

4) ¿Qué situación debe darse para que el grupo B, pueda contratar por su cuenta, empresa que arregle los graves defectos de las cubiertas?

A la espera de sus respuestas, reciban un saludo.

3 Respuestas

Respuesta

A nivel autonómico, en la Comunidad de Madrid, ya está en vigor el Decreto 103/2016 que regula el nuevo informe IEE y su registro oficial, estableciendo la obligación de obtener la inspeccion tecnica de edificios ( ITE ).

Respuesta
1

Art. 13.8 de la LPH

8. Cuando el número de propietarios de viviendas o locales en un edificio no exceda de cuatro podrán acogerse al régimen de administración del artículo 398 del Código Civil, si expresamente lo establecen los estatutos.

De entrada: tienen obligación de tener constituida la comunidad

¿De qué les serviría ponerse en manos de un administrador? Un administrador no les soluccionara nada, y para contratarlos son minoría, (consejo que no sirve), claro que es dado por un administrador.

Que barbaridad:El administrador nunca tendrá una responsabilidad ni civil ni penal, la responsable es la comunidad.

La verdad que su problema es duro, yo les aconsegaria que se pongan en manos de un abogado

Respuesta

Recomendación pónganse en manos de un administrador colegiado que les constituya la comunidad y se pongan a dar todos los pasos para que se contituya la comunidad formalmente y así hasta que pasen la ite.

Le agradezco su respuesta, pero no veo que ventajas para los que estamos en minoría tiene el constituir la comunidad, teniendo en cuenta que se hará con el administrador que quiera la mayoría (grupo A), y con los estatutos que ellos deseen, y los cargos ejecutivos de esa comunidad serán para ellos.

Le recuerdo que quienes no desean hacer ningún arreglo en el edificio  , ni pasar la ITE  tienen la mayoría de votos.

Ciertamente no doy entendido la ventaja de darles oficialmente, a quienes desean que el edificio siga deteriorándose, el poder de decidir en nombre de la comunidad.

Le agradezco su respuesta, pero no veo que ventajas para los que estamos en minoría tiene el constituir la comunidad, teniendo en cuenta que se hará con el administrador que quiera la mayoría (grupo A), y con los estatutos que ellos deseen, y los cargos ejecutivos de esa comunidad serán para ellos.

Le recuerdo que quienes no desean hacer ningún arreglo en el edificio  , ni pasar la ITE  tienen la mayoría de votos.

Ciertamente no doy entendido la ventaja de darles oficialmente, a quienes desean que el edificio siga deteriorándose, el poder de decidir en nombre de la comunidad.

La ventaja es que las reparaciones urgentes deben hacerse sí o si bajo responsabilidad penal y civil del administrador. Ya verá cuando se le diga eso al presidente y al administrador contratado todo funciona mejor.

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