Cuentas y cuotas de Comunidad de Propietarios

Seguramente se ha preguntado más de una vez: Cuando se celebra una Junta de Propietarios, y en ella se aprueban cuentas de años anteriores, presupuesto del año entrante y consiguiente subida de cuotas, ¿es necesario que en el acta figuren las cuentas, presupuestos y además las cuotas aprobadas?

Pregunto porque las actas de mi comunidad algunas figuran las cuentas, otras además figura el presupuesto, pero en ninguna figura las cuotas incrementadas que se supone se han aprobado

2 respuestas

Respuesta

Lo normal y lógico es que consten las cuotas en el Acta, de forma que los propietarios tengan conocimiento de ellas (¿tampoco vienen en la convocatoria, junto con las cuentas y el presupuesto?).

Pero si la pregunta es si OBLIGATORIAMENTE deben constar, la respuesta es que la Ley especifica que en el Acta deben constar "los acuerdos" de la Junta, pero no con qué nivel de detalle. En mi opinión, indicar en el Acta que se aprueba la cuota para el nuevo ejercicio, sin indicar cuál será no tiene mucho sentido, pero ¿quién se atreve a decir que es contrario a la LPH?

En su caso, solicitaría en la próxima Junta que, en el futuro, se hagan constar. No veo razón para que no sea así.

¡Gracias! No solo no constan en la convocatoria, sino que ni se envían, se suele enviar la convocatoria y ahora (tras años de quejarme) se envían las cuentas a aprobar, sin embargo el codiciado presupuesto junto con las cuotas que lo conforman, se reparten en la reunión al estilo "aquí te pillo, aquí te mato".....para mi es todo un despropósito ya que no da tiempo de mirar nada, y encima nunca se han incluído en acta las cuotas resultantes de los presupuestos. Y como tampoco sabemos qué coeficientes aplica ni qué gastos los carga a quienes (locales y viviendas) finalmente me pregunto cómo se puede justificar el estar cobrando una cantidad que, sin figurar en ninguna parte, hasta se podría tachar de arbitraria.

La verdad es que cada cosa que comenta sobre su Comunidad resulta sorprendente. Yo me plantearía seriamente un cambio de Administrador.

Ojalá fuera posible... pero las comunidades se rigen por mayorías, y aquí la "mayoría" está o comprada o pasan de todo...

Gracias por tus comentarios

lo que realmente me tengo que plantear en serio es si merece la pena gastar en el orden de 3.000 euros en meter todo el asunto en juicios, pues sí, es posible que mejoren las cosas, pero dudo mucho que se cambie de administrador y tras unos meses todo seguirá igual....o me paso la vida en juzgados o dejo que esta "administración" haga lo que le de la gana con el beneplácito de quienes no les interesa el tema......

Si se tratara únicamente de una administración ineficiente, no habría discusión. Sin embargo, en su caso, me parece entender que insinúa algo que va más allá de unos simples "errores administrativos", existiendo una voluntad de ¿beneficiarse? A costa de algunos vecinos.

La pregunta es qué puede llegar a demostrar, si se plantea acabar en los juzgados.

para mi: error administrativo: 2+2 = 5....oops, lo sumé mal (no se entiende ya que todo está informatizado, el error sería en introducción del dato y no en la operación efectuada por el ordenador)

error que no es error: año 2008, incremento en presupuesto para instalar extintores, 1.620 euros, con su consiguiente justificación en acta explicoteando lo muy obligatorio y necesario que resulta este gasto....por supuesto, y todo el mundo lo aprueba. Año 2016, aún no se han instalado los extintores......y además, la partida de los mil y pico euros sigue en vigor......a donde va la pasta? pues se gasta en otras cosas, ¿que cosas?....um.....ahí es lo que no se sabe......en algunas ocasiones han sido "arreglos urgentes" en beneficio de algún propietario para lo cual se realiza la acción y se "justifica" luego en reunión......

la verdad es que todos los años se ingresan cantidades que nunca se gastan en lo que se supone se gastaría, y al final de cada año ni siquiera queda intacto el fondo de reserva. ¿Como demostrarlo?...con las cuentas si, pero impugnando cada reunión! ¿merece la pena?

["Arreglos urgentes" en beneficio de algún propietario] ¿Podría dar más detalles o algún ejemplo concreto de esto?

le daré dos:

un año se acordó realizar un arreglo de fachada a un vecino porque le entraba agua en el salón...se APROBO hacer el arreglo ya que claro, entraba agua y lo importante era evitar que siguiera entrando y produjera mas daños.....año 2008, aun no se ha realizado ese arreglo.

otro ejemplo: se acordó unas cinco veces arreglar mi casa por motivo de filtraciones que, hasta que finalmente con ejecución de sentencia judicial se procedió al arreglo tras unos seis años.

el año pasado, se acordó (no tengo aún el acta, la reunión fue en marzo), realizar arreglos en los patios de luces (que están en muy mal estado y son objeto de una reclamación judicial a la constructora - pero aún asi se acordó con aportación de derrama "arreglarlos")...bien, pues los patios no se han arreglado, pero a los pocos días de la reunión, a un vecino de mi portal, sí le "arreglaron" unas grietas que filtraban humedad, es vecino de planta y cuando le pregunté si el arreglo habia solucionado las filtraciones me dice que por el momento si, pero claro, que la "administración" le ha dicho que eso realmente no fue un arreglo, sino que le dijeron al albañil que vendría a arreglar los PATIOS (que no ha venido ni hoy) que de paso que estaba que se lo arreglara, ellos mismo admiten que es un "parche".....bien, conclusión: el albañil (o alguien) vino, selló unas cuantas grietas y frenó las humedades (que me parece estupendo), sin embargo, se hizo derrama, no se han arreglado los patios (que para eso era la derrama) pero el vecino afectado de repente donde dudaba de cada paso de la administración (por haberlos pillado en mas de una mentira) de repente los defiende a capa y espada.....es que da que pensar!

hace cosa de diez días, aparece en la puerta de entrada una tira pegada al suelo (donde pasas el pie) que se ha colocado sin más, no hubo acuerdo, ni explicaciones, y lo poco que los vecinos "hablan" es que se colocó con objeto de frenar la entrada de agua en el portal por causa de la lluvia, sin embargo el agua que entra en el portal filtra de un bajo adyacente, nada que ver con la puerta ni la lluvia y además el charco se forma bastante apartado de la puerta de entrada.....eso si, la tira que han colocado es un peligro contante y sonante, y sobre todo porque tenemos vecinos minusvalidos que arrastran los pies al andar (por motivo de su minusvalía) ademas de unos cuantos que van en silla de ruedas....otro despropósito (seguro que el coste fue poco, pero es el detalle)

tenemos ademas las puertas de seguridad de incendios cerrados con llave, y en la ultima reunión, cuando yo dije que no podian estar así que era un peligro, la contestación recibida del presidente fue (una vez que dijo "a ver si paras de protestar") darme una copia de la llave....a mi de qué me sirve la llave? el problema es que la puerta está cerrada con llave de tal forma que alguien proveniente del otro lado (donde está la barra de pánico) no puede abrir la puerta...y si hay incendio, allí se achicharra........y a todo lo contestan así....que yo no hago más que buscar pegas! es lo que hay!

La verdad es que me deja usted atónito. Tal como describe usted la situación, poca salida veo que no pase por verse las caras en los juzgados.

Por centrarme en lo más grave, en lo que respecta a las puertas cortafuegos, la cosa es realmente seria. Hasta donde sé, esas puertas deben pasar una revisión anual (igual que los sistemas de detección y extinción). Está claro que, si están cerradas con llave, no se está haciendo esa revisión, puesto que no la pasarían. Pueden tener ustedes un serio problema. En primer lugar, el Presidente, por supuesto, pero también la Comunidad, como se produzca un siniestro de consideración.

no sabía lo de la revisión anual, pensé que solo era aplicable a los extintores......ains, pero que no hay extintores en nuestro edificio, es verdad.....(perdona, ya ve Vd. tantos años sola ante el peligro ya me sale la vena sarcástica)

me huele que tendremos reunión proximamente, o no, depende como se presente el verano, y estoy actualmente preparando temas a sacar a relucir, aunque a veces los míos me dicen que me calle que no merece la pena, y tenía pensado arrastrar al presidente que me llamó quejicas a las escaleras y dejarlo allí encerrado para que se diera cuenta de lo que digo (de palabra se ve que o no hay capacidad de imaginación, o son sordos), y por supuesto preguntar por los extintores, sin embargo igual la manera más eficaz es dar cuenta de todo ello ante la autoridad competente, y viendo que es necesaria una revisión anual, quizás a quien le corresponda realizar la revisión le interesaría el tema......los bomberos? el ayuntamiento?, es que yo desconozco y si pregunto a la administración me dirán que no es necesario, porque así es como funciona, si yo hago la pregunta incómoda la administración echa la sonrisa falsa diciendo que no es necesario, que estoy en un error, que no es obligatorio, que somos abogados, y a continuación deja que los lobos me muerdan....

gracias de nuevo

lo que fija el Código Técnico de la Edificación (Ministerio de Fomento): http://www.codigotecnico.org/images/stories/pdf/seguridadIncendio/DA_DB-SI_3_-_Mantenimiento_puertas_peatonales_6-2011.pdf 

Concretamente el apartado 4, donde indica que, en edificios residenciales, las revisiones deben ser anuales:

"Además de las operaciones de mantenimiento indicadas en el apartado 1 que sean de aplicación, se deben llevar a cabo las que se indican a continuación, anualmente en edificios de uso Residencial Vi-vienda y sus aparcamientos (...)"

Respuesta

Sí. Esos incrementos deben aparecer en el acta.

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