Duda con declaración de hacienda 2015

Tengo algunas dudas a la hora de realizar la declaración de hacienda de este año, solo he trabajado desde junio de 2015 hasta abril de 2016 cobrando unos 475€/mes más pagas dobles, pero la cuestión que me preocupa es que a mi padre lo despidieron de la empresa en la que trabajaba, dándole una indemnización de unos 22.000€ aproximadamente que fue ingresado en mi cuenta bancaria.

¿Este dinero debo declararlo de algún modo? ¿Debe declararlo en su caso mi padre en su declaración?

3 Respuestas

Respuesta

Estará exento siempre que no supere el tope legal y se haya reconocido por sentencia o así en el certificado de empresa.

Me surgen dudas de al haberle ingresado en su cuenta bancaria que no rindan wn la base imponible del ahorro.

Respuesta

Están exentas:

e) Las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores, en su normativa de desarrollo o, en su caso, en la normativa reguladora de la ejecución de sentencias, sin que pueda considerarse como tal la establecida en virtud de convenio, pacto o contrato.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, en los supuestos de despidos colectivos realizados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, o producidos por las causas previstas en la letra c) del artículo 52 del citado Estatuto, siempre que, en ambos casos, se deban a causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o por fuerza mayor, quedará exenta la parte de indemnización percibida que no supere los límites establecidos con carácter obligatorio en el mencionado Estatuto para el despido improcedente.

El importe de la indemnización exenta a que se refiere esta letra tendrá como límite la cantidad de 180.000 euros.

Es decir, Si le han abonado la indemnizacio nomal no tendra que pagar mas al fisco.

El que en todo caso debe declarar es su padre aunque le ingresaran en su cuenta.

¿Cómo declaro que ese dinero es procedente de una indemnización por despido de mi padre?

Repito, debe declararlo su padre, pero no pagara más esta exento ese importe, tendrá los papeles de la indemnización o debería.

Respuesta

Solo en el caso de que te vuelva a contratar la empresa una vez despedido pudiese dar lugar a que ese importe exento en los términos que te comentan dejase de estar exento

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