Seguro colectivo labor de la empresa

Me gustaría saber qué labor tiene la empresa a la hora de un seguro colectivo ya que me han dado una incapacidad permanente absoluta por accidente de trabajo y me llamaran para la firma de la liquidación.

¿Deberian ellos llamar al seguro y tramitarlo?

¿Debo firmar la liquidación sin conbrar ese seguro?

Me comentan en la empresa que eso no le incumbe a ellos y tengo que arreglarlo yo, ¿es correcto?

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Respuesta

Para empezar la tramitación se hace ante la aseguradora.

El Mediador que hizo el seguro a la empresa es el que debe ayudarte. Está obligado.

Si no existe tal Medador te puedes acercar a la compañía y entegar todo aquel documento que te pidan.

Aparte te pedirán otros documentos que la empresa deberá darte.

Si quieres te podemos hacer esa tramitación desde nuestras instalaciones.

Gracias,pero no debería firmar la liquidación hasta que haya cobrado el seguro?ya que si lo firmo y después el seguro no me quiere pagar no podré pedir consecuencias a la empresa.

Al contratar el seguro la empresa no debería esta hacerse cargo de todo?

No le hemos preguntado el nombre de su empresa, ni la actividad, ni su empleo, ni su edad, ni algún dato interesante. Con esto le damos a entender que todo es más fácil de lo que parece.

Notamos en sus palabras cierta desconfianza hacia la empresa y el seguro y si empezamos así mal vamos.

Llámenos e intentaremos ayudarle. Busque en Internet.

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