¿Es verdad que ahora un vecino no puede ejercer de administrador de la comunidad y debe ser un profesional?

Me ha llegado la información de que ahora es obligatorio que haya un profesional como administrador de la comunidad y que ya no puede ejercer el puesto un vecino cualquiera, ¿es correcto?

2 respuestas

Respuesta

En absoluto

No es cierto

¡Gracias! 

Para ampliar la respuesta, la LPH en su artículo 13.6 dice:

6. Los cargos de secretario y administrador podrán acumularse en una misma persona o bien nombrarse independientemente.

"El cargo de administrador y, en su caso, el de secretario-administrador podrá ser ejercido por cualquier propietario, así como por personas físicas con cualificación profesional suficiente y legalmente reconocida para ejercer dichas funciones. También podrá recaer en corporaciones y otras personas jurídicas en los términos establecidos en el ordenamiento jurídico."

Respuesta

Me gustaría saber la referencia bibliográfica de esa información. ¿Puedes solicitarla a quien te pasó ese dato?

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