Normativa sobre ventanas de aluminio

Tengo problemas importantes de condensaciones alrededor de las ventanas de aluminio de mi casa. Por las mañanas las ventanas lloran y aparecen manchas de moho alrededor de las mismas. Se trata de una casa construida en 2010, y me gustaría saber si hay algún tipo de normativa que regule el tipo de aluminio que hay que montar con unas adecuadas condiciones de aislamiento. Por ejemplo, ¿es obligatorio poner rotura de puente térmico? ¿Tienen qué llevar un certificado de calidad y donde lo podría consultar?

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Los problemas de condensaciones de los perfiles son evidentemente provocados por el choque térmico del aire viciado y cargado de humedad de dentro de la vivienda al entrar en contacto con una pared fría en este caso la perfilería y los cristales de cámara.

Una perfilería de aluminio con RPT de 12 ó 15 mm de poliamida no son suficientes para evitar dicho fenómeno y los cristales con cámaras de 6 ó 8 ó 10 mm tampoco ayudan en nada.

Pero a parte de todo esto un dato importante es que no es en todas las viviendas igual y no por lo que influya su orientación, si no por las própias personas que la habitan, influye negativamente más en unas que en otras (y dejando un poco de lado los tecnicismos de los valores de transmitancia que puedan tener unos u otros perfiles y cristales) sus hábitos de ventilar las estancias, la presencia de plantas vegetales, el uso de la calefación, lo que se cocina, cuantas personas se duchan al día, todo lo que crea humedad dentro de casa y que en definitiva será lo que cargue el aire en una humedad relativa más importante que otra y la que propiciará ese efecto en mayor ó menor impacto.

Y no le den más vueltas, lo que está instalado y lo que pudiera haber instalado lejos de buscar una lógica de valores la realidad es que cualquier perfil METÁLICO con o sin es transmisor en cierta medida y si lo que queremos es confort debemos biscar cambios absolutos.

Y lo que tiene puesto en todo caso habría que buscarlo más en que decía el proyecto del arquitecto, que en la obra más bien ni pincha ni corta que el constructor que su misión es el de multiplicar los panes y los peces y queda muy bonito en los carteles y propaganda

"viviendas con ventanas climalit " que vende sicológicamente mucho.

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www. ventanasconfort. Es

Hola!

Efectivamente, tienes el Código Técnico de la Edificación, que entró en vigor en Marzo de 2006, y que puedes descargarte buscándolo con ese nombre en Google.

En este, se indica que en función de las zonas climáticas por provincias y pueblos de España, se puede colocar un aluminio con o sin rotura de puente térmico, y que por tanto, tu zona climática, puede que no entre dentro de requisitos más severos.

Además, se indicaban los requisitos de calidad, salubridad, etc… en la construcción.

Del mismo modo, debes tener en cuenta, que no afectaba a los proyectos visados con anterioridad a su entrada en vigor.

Muchas gracias por tu respuesta. He estado mirando-lo pero me resulta difícil sacar conclusiones. En mi caso se trata de una vivienda en barcelona, la teoría del proyecto dice que hay montado aluminio lacado con RTP de 4 a 12mm y cristal 4+6+6. Siendo los perfiles de gama media con calidad 1 y clase A1. Por lo que creo haber entendido, ¿en la zona C2 se requiere un RTP mayor de 12mm para cumplir el CTE?

Aparte de eso no dispongo exactamente de que tipo aluminio hay montado, solo la previsión del arquitecto. Es posible saber que tengo montado, ¿y si los acabados son correctos? Básicamente porque las juntas escuadras tienen en algunos casos color oxido, como si entrara agua por ahí.

Gracias

La zona de Barcelona, efectivamente, es C2, y la única forma de saber que es lo que tienes puesto, es doble:

- Por un lado, pedir a constructora y arquitecto, que indiquen claramente marca y modelo colocado, y buscar la información de su sección en internet.

- Que te visite un experto, y la analice, y mida, etc...

Respecto a las escuadras, en aluminio, al no tener una soldadura, sino unión mecánica, es "factible" que puedan quedar ciertas holguras por donde las inclemencias puedan penetrar, aunque no frecuente, y por supuesto, no tendría nada que ver con el tipo de perfilería utiliza, sino un defecto de fabricación, que si llevamos al extremo, creo que entraría dentro del seguro decenal de la vivienda por defecto de construcción, siempre que exista dicho seguro decenal.

Y ahora, mi opinión. Es complejo que tenga una poliamida más pequeña de 12 mm, y en todo caso, por lo que indicas, pues son ventanas básicas de RPT, pero que cumplen con una ley que tampoco apretaba las tuercas bien, y encima, no muy bien elaboradas.

Muchísimas gracias. La constructora no hay opción, y creo que el arquitecto solo planteó aluminio de gama media con calidad 1 y clase A1, que no entiendo que significa pero en los papeles de final de obra no consta ningún apartado de ventanas, así que me tocará que me visite algún técnico.

En cuanto a la transmitancia de las ventanas en la zona C2, se habla de valor 4'4 o de 2'9, es que según donde lo mire sale un valor o otro.

Gracias

Es que el valor U, depende del % que supone los huecos de ventana, respecto a la fachada, y a la orientación. Así, puede variar desde 4,4 a 2,2.

Lo mejor, es que analices este archivo, en función de tu vivienda, huecos y orientación, y ver si se escapa en algún punto o no.

http://www.fenster.es/wp-content/pdfs/AT-%20TECHNAL%20ahorro%20energia%20en%20el%20CTE.pdf 

Página 10 para ser más exactos.

Complejo todo, para que nos vamos a engañar, y total, para que al final, puedas poner ventanas con valor U de 4,4 en muchos casos, que es algo totalmente desastroso.

Es complejo, pero en mi caso no veo que el arquitecto haya variado la calidad de las ventanas según la orientación de la casa o según la ocupación de la fachada. Sobre el papel el conjunto aluminio y cristal 4+6+6 tienen transmitancia de 3'45. En la fachada norte hay dos ventanales 2'10x210 y 2'10x0'90, diría que un 50% de la fachada de la planta baja, que contando que en fachada del primer piso no tiene seria un 25% del total de fachada norte. Sobre el papel tiene que ser inferior a 2'9, por lo que realmente no entiendo como permitió dicho proyecto en 2007.

Quiero recordar, que el Código Técnico de la Edificación, no era de aplicación inmediata, y que tuvo un período de gracia, a lo mejor por eso, se lo saltó a la torera, e incluso, si estaba el proyecto visado antes de la fecha de aprobación, de eso estoy seguro que no le era de aplicación.

Revisa estos dos puntos antes de seguir adelante con alguna reclamación etc...

De todas formas, es que pensamos que alguien se mira los papeles, y los revisa.

Te cuento un ejemplo. Tuve un cliente, que en el proyecto, el semisótano, se había dejado con una altura ridícula, tanto que no permitía la entrada de un coche al garaje.

Pues el proyecto llegó y salió del colegio de Arquitectos, y nadie modificó nada.

El proyecto, llegó a la licencia de obras del Ayuntamiento, y nadie dijo o modificó nada.

El estructurista, cogió el proyecto, e hizo la estructura tal cual, sin advertirse que la altura, no era normal.

Hasta que llegó el cliente, que precisamente era abogado, vio el primer forjado de la vivienda, y que no pasaba un coche, y tuvo que tirar todo el primer forjado y rehacerse de nuevo.

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