Contrato de interinidad y autónomo maternidad

Soy autónoma, trabajo sola, y en dos semanas tendré un hijo. Quisiera ver las opciones que tengo. Quería saber si contrato a una persona que me sustituya los meses de baja maternal, con un contrato de interinidad, si tiene bonificaciones y si debe ser jornada completa o pueden ser un par de horas a la semana. Me gustaría saber lo que tendría que pagar, descontando bonificaciones, para un contrato de administrativo, por saber el coste de ese contrato .También si otra opción es no contratar a nadie, pero siguiendo con actividad, pues si puedo facturar o no.

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Puedes celebrar un contrato de interinidad para la “sustitución de trabajadores en situación de descanso por maternidad”. Dicho contrato podrá iniciarse como muy pronto el día del parto de la trabajadora sustituida, y la duración coincidirá con el tiempo que dure el descanso por maternidad (que inicialmente es de 16 semanas, ampliables en caso de parto múltiple a 2 semanas más por cada hijo a partir del segundo). El contrato tiene que ser por escrito, y la categoría y porcentaje de jornada iguales a los de la persona sustituida. Es imprescindible que la persona contratada se encuentre en situación de desempleo. Para obtener la bonificación bastará con que la persona a la que usted va a contratar haya estado apuntada como demandante de empleo al menos un día. Los beneficios no serán de aplicación a las contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive. El coste de Seguridad Social será 0, tanto de la persona sustituida como de la sustituta, por lo tanto el único coste que te supondrá la sustitución por maternidad será del sueldo que debas satisfacer a la persona que te sustituya.

Si no celebras el contrato de interinidad y decides que no te sustituya nadie: 1º, tu cuota de autónomos debes de abonarla todos los meses (con el contrato de interinidad la tienes bonificada 100% en base a la base de cotización mínima), 2º, tu baja por maternidad supone una suspensión de tu actividad, por lo que no puedes (mejor dicho, no debes...) realizar tu actividad ni emitir facturas.

Excelente explicación, pero me quedan alguna duda. Dice que contrato tiene que ser en misma jornada, si soy autónoma, que se entiende que debo hacer contrato a tiempo completo, ¿no puedo hacerlo parcial?. Quisiera contratar a mi hermana, ¿no sería posible por el parentesco?. Y los gastos del contrato serían cero, no se si bonifican solo contingencias comunes o también contingencias profesionales, es decir, todo. Muchas gracias

Al ser autónoma se entiende que realizas tu actividad a tiempo completo, por lo tanto el contrato de interinidad también debe serlo (para que esté bonificado).

Si contratas a tu hermana no tendrías derecho a la bonificación puesto que la norma establece que no haya parentesco (hasta segundo grado).

Efectivamente se bonifica todo, el 100% de las cuotas a la seguridad social, tanto contingencias comunes como profesionales, y de ambas trabajadoras, tanto las tuyas como las de tu sustituta.

¡Gracias! 

porque otra duda.Entonces para contratar a mi hermana mientras mi baja maternal, no hay contrato barato o bonificado?

Sí hay contratos bonificados e incentivados (a coste cero como el de interinidad no, pero con bonificaciones interesantes sí...). Sería necesario conocer al detalle todos los datos tanto de tu situación como las circunstancias concretas de tu hermana (edad, formación, situación, etc...) para poder aconsejarte el más beneficioso (más económico...) para tu caso concreto. Si no realizas el contrato de interinidad sí que puedes contratar a tiempo parcial. No obstante, por ser parientes hasta el segundo grado, lo más acertado sería contratarla como autónomo colaborador ( si cumple los requisitos puede tener derecho a la bonificación de las cuotas como autónoma del 50% durante los 18 primeros meses), pero, conforme te comento, es necesario conocer todos los datos concretos para poder asegurarte la mejor de las opciones.

Si lo deseas, puedes contactar con nuestro despacho. Recibe un cordial saludo y que tengas un muy feliz parto!

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