Cuando declarar indemnización del FOGASA

Tengo reconocida una indemnización del FOGASA por importe de 5.411,00 euros desde el año 2013, pero ha sido en Diciembre del 2014 cuando me la han ingresado. ¿Tengo qué incluirla en la Declaración de la Renta del 2014? ¿O tengo que presentar una Declaración Complementaria del 2013?.

Respuesta
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La indemnización estará exenta siempre y cuando se haya calculado conforme a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores.

Si la cuantía es superior a lo obligado deberás presentar una declaración complementaria del año 2013, que no conllevará ni sanción ni recargos.

Saludos

Karisa Consultores

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