Nos corresponde el 50% de una cuenta bancaria pero el banco no nos da el dinero sin la firma del otro titular

Hemos heredado todos los bienes de mi tio por testamento legal ( entre ellos un fondo de inversión), pero hay una cuenta bancaria, donde él cobraba la pensión, que ha quedado pendiente por haber otro titular. Mi tío falleció el día 22 de noviembre y a final de mes le ingresaron la pensión y la extraordinaria de navidad en esa cuenta. Pagamos los impuestos de 78 euros (que era el dinero que había en la cuenta según el certificado de la cuenta que nos proporcionó el Banco para poder cobrar la herencia). Hasta hoy no hemos podido liquidar esa cantidad porque el cotitular no ha querido firmar la repartición de la cartilla ni al 50 %, (ellos dicen que mi tío les debía dinero). El banco, que es el BBVA, me ha dicho que sin firma del otro titular no puedo hacer nada. Quisiera saber, primero si el banco no está obligado a repartir al 50% si hay un testamento legal. Y segundo, que pasa con el dinero que se ingresó despues del fallecimiento y que corresponde a la pensión de mi tio. Le diré que no es mucho dinero (la pensión de un mes y la extraordinaria) pero no quiero que se lo quede el banco.

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El testamento no sirve para disponer de los bienes, han de tramitar la herencia y adjudicarla ante notario, para que el banco les permita disponer de los fondos.

En cuanto a las cantidades ingresadas después del fallecimiento, dependerá de algunas circunstancias, pero habitualmente, tendrán que devolver estos importes, o parte de ellos, por lo que les recomendamos se dirijan al organismo que le paga la pensión, para solucionar esto y evitar intereses.

En cualquier caso, les recomendamos se pongan en manos de un abogado, que les ayude con estas cuestiones y les estudie su caso concreto.

Muchas gracias por tu pronta respuesta, pero no entiendo que significa "adjudicarla ante notario". Nosotros ya recibimos el resto de la herencia y pagamos los impuestos correspondientes.

Muchas gracias

Marisol

Si usted ya ha ido al notario y dispone de la escritura de adjudicación de la herencia, eso debería ser suficiente para que el banco le liquide lo que les corresponde. Algunos productos financieros, necesitan la firma de todos los herederos, pero eso no es muy habitual.

En cualquier caso, le recomendamos se ponga en manos de un abogado, que le estudie su caso concreto y le ayude. Normalmente, el mismo que les ayudo con la herencia.

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