Reparto de herencia sin testamento

Me gustaría saber cómo se reparte la herencia en caso de que el causante no haya dejado testamento.

Caso: Matrimonio en régimen de gananciales con hijos.

Por lo que tengo entendido se reparte 50% para el cónyuge y 50% a partes iguales entre el número de hijos. ¿Es así?

Por otro lado he leído que el cónyuge, además del 50% correspondiente al régimen de gananciales tiene derecho al usufructo de 1/3 de la mejora. ¿Qué significa esto? Si sólo hay dinero en la herencia, ¿Cómo se hace el usufructo en este caso? ¿Cuándo se extingue el usufructo? Si el cónyuge hiciese uso del dinero correspondiente al usufructo debería devolverlo antes de la extinción del usufructo, pero ¿y si esta se produce a su fallecimiento?

Ejemplo numérico:

A y B Matrimonio

5 Hijos

Valor herencia: 100

A Fallece

B hereda 50

5 Hijos heredan 50. 50/5=10 cada uno

Usufructo del 1/3 de mejora: 50/3= 16,66. Tercio de mejora 16,66. Usufructo del conyuge 16.66/3= 5.55

Herederos 10+10+((16,66-5.55)/5)= 22.22.

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Respuesta

Si no hay testamento me parece que no hay mejora ni para el cónyuge ni para ningún heredero (sea hijo o no). Las mejoras que desease asignar el causante debería haberlas asignado en vida, a cualquiera de sus herederos (ignoro si se puede dejar una mejora al cónyuge sobreviviente).

Un testamento no cuesta más que dos menús de fin de semana en un restaurante medio regular de carretera y evita muchos gastos, gestiones y peleas entre sus familiares.

Testamento ante notario, claro está. No cualquier otro. Y hacerlo a partir de que se tiene mayoría de edad. Sí, no pasa nada, el notario estará encantado: y además no sabemos cuándo falleceremos ¡Puede ser la próxima semana! Y lo puedes modificar al día siguiente de haber otorgado el último. Es decir, que lo puedes cambiar siempre que quieras. En cambio, cuando padezcas demencia -aunque sea incipiente- ningún notario colaborará en su otorgamiento (o al menos, no debería).

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