|
Si vas a dedicarte habitualmente y con un carácter profesional a la inserción de publicidad en paginas webs (en definitiva, puede constituir un medio de "ganarse la vida") tendrías que constituirte como autónomo y entonces declarar en su tiempo y forma tus rendimientos así como las facturas que realices por la inserción de esa publicidad (no es que te desgraves un 16% sino que tendrías que facturar a tus clientes, repercutiendoles un 16% de IVA que luego tendrías que declarar a Hacienda).
Como te dije anteriormente, si vas a firmar un contrato particular, es decir, sin consituirte en empresa porque los ingresos son esporádicos, tu mismo deberás valorar si los ingresos que obtienes son de poca cuantía y en su caso no merecería la pena declararlos porque no afectarían en un aumento considerable de tu patrimonio o bien si esos ingresos son tan elevados que si no los declaras pueden ser susceptibles de investigación por Hacienda debido a que sí aumentan en consideración tus ganancias patrimoniales.
|