Nacionalidad española por residencia

Soy argentino y el 18 de diciembre de este año se cumplen 2 años de residir en España legalmente, según la fecha que figuró en el primer NIE que me dieron (con permiso de trabajo y residencia), el cual me fue dado por arraigo social. Dado que el trámite del pedido de la tarjeta fue 2 meses y medio antes de cuando me lo otorgaron (y yo ya cumplía las condiciones y el tiempo requeridos para pedir la tarjeta de residencia por arraigo social), mi pregunta es:
¿Los dos años mínimos necesarios para pedir la ciudadanía española se cuentan a partir de la fecha que figura en la primer tarjeta de residencia o la fecha de cuanto presenté el pedido?
Si bien son solo ceca de dos meses, me interesa saberlo, porque me gustaría hacer un viaje y prefería dejarlo todo presentado antes de viajar, aunque tampoco quiero que me lo denieguen por haberlo presentado antes. Fui a la Policía (Sección Extranjeros) para pedir un certificado sobre residencia legal y continuada en España, pero como ya no lo piden para este trámite me dijeron que no lo dan y que llame al 902-565701.

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Respuesta
La residencia en España, se acredita por la fecha del empadronamiento.
Hola.
Soy argentino y el 18 de diciembre de este año se cumplen 2 años de residir en España legalmente, según la fecha que figuró en el primer NIE que me dieron (con permiso de trabajo y residencia), el cual me fue dado por arraigo social. Dado que el trámite del pedido de la tarjeta fue 2 meses y medio antes de cuando me lo otorgaron (y yo ya cumplía las condiciones y el tiempo requeridos para pedir la tarjeta de residencia por arraigo social), mi pregunta es:
¿Los dos años mínimos necesarios para pedir la ciudadanía española se cuentan a partir de la fecha que figura en la primer tarjeta de residencia o la fecha de cuanto presenté el pedido?
Si bien son solo ceca de dos meses, me interesa saberlo, porque me gustaría hacer un viaje y prefería dejarlo todo presentado antes de viajar, aunque tampoco quiero que me lo denieguen por haberlo presentado antes. Fui a la Policía (Sección Extranjeros) para pedir un certificado sobre residencia legal y continuada en España, pero como ya no lo piden para este trámite me dijeron que no lo dan y que llame al 902-565701.
Muchas gracias de antemano.
Jonatan Gonzalez
Cuando me empadroné no tenía permiso de residencia, lo hice con el pasaporte, de modo que no tiene validez esa fecha, dado que solo se computa la residencia legal en España, y en ese momento no lo estaba.Por eso sigo teniendo la duda:
¿Los dos años mínimos necesarios para pedir la ciudadanía española se cuentan a partir de la fecha que figura en la primer tarjeta de residencia o la fecha de cuanto presenté el pedido?
Gracias
Estas equivocado. La residencia se toma desde que te empadronas y es la que cuenta a la hora de solicitar la nacionalidad. Y no es a los dos años, sino a los tres, para ciudadanos del Mercosur.
Lo explica muy claramente en la página del Ministerio del Justicia
http://www2.mjusticia.es
(Marcando luego las opciones: 1ro) nacionalidad; 2do) ¿Cómo se adquiere la nacionalidad española? ; 3) Nacionalidad por residencia)
"Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí"
"Esta forma de adquisición de la nacionalidad exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición"
Evidentemente, no tienes la menor idea de lo que estas respondiendo. Por favor, no opines para confundir a la gente, porque este medio es para ayudar a quienes no saben, y no para poner más piedras en el camino.
Es el problema de todos los argentinos. Siempre son los que la saben todas. Así les va en España, nadie los puede pasr puente roto les dicen.
Son todos abogaditos de boliche.
Has las cosas como quieras, ¿para qué preguntas?

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