Obtener permiso trabajo

Buenas tardes: A ver si me pueden ayudar: Se trata de matrimonio de extranjeros no comunitarios ( ucranianos)residentes en España (Málaga) hace años con permiso de residencia y trabajo ambos.
Tienen hijo que este mes acaba de cumplir los 18 años. Tiene permiso de residencia también desde los 14 años, pero no tiene permiso de trabajo.
¿Teniendo en cuenta los permisos de sus padres, que están afincados y empadronados hace unos 7 años en españa... Que acaba de cumplir años... ¿Tiene derecho a que le concedan el permiso de trabajo?
¿Tiene qué solicitarlo como otro recién llegado cualquiera sin familia y tal?
¿Tiene qué presentar también oferta de trabajo de un empresario?
Si tuviera que presentarla ¿vale la oferta de un autónomo?
Vi en la tele hace poco a la ministra hablando de la concesión y permisos de trabajo nuevos y vine a entender que se iban a seguir dando pero dependiendo del gremio. Por ejemplo: médicos hacen falta... También ingenieros: Se les da.
Obreros construcción... Hay mucho paro... No se les da permiso de trabajo.
En este caso ¿cuál es la mejor salida si no tiene derecho al permiso por estar unido a sus padres?
Lamento una pregunta tan larga o un rosario de preguntas, pero es que si tiene derecho sobran las demás, pero si no lo tiene... No tenemos ni idea de los pasos a dar o las posibilidades.
Muchas gracias de antemano.

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Si este chaval lleva legalmente documentado desde los 14 años y acaba de cumplir 18, significa que lleva 4 años de residencia legal continuada. En ese caso si espera un año más podrá acceder a la residencia permanente que le permitirá acceder al mercado de trabajo en igualdad de condiciones que un español sin necesidad de buscar a nadie que le solicite la autorización de trabajo. Que aproveche este año para formarse un poco más y después, con la residencia permanente no va a tener ningún problema.
Que quiere trabajar ya y no quiere esperar. Deberá buscar a alguien que le tramite la autorización de trabajo. No importa si es sociedad o autónomo. Español o extranejro. Lo que van a tener que justificar es la legalidad de la contratación. Ahora mismo está complicado la contratación de extranjeros por partes de empresas de construcción porque les obligan a acreditar que tienen actividad económica y que la van a mantener los próximos años (presentando contratos de obra, por ejemplo). Pero eso depende de cada Administración. En Málaga desconozco los criterios administrativos, pues mi ámbito de actuación es Madrid.
Una cosa es la contratación en origen, que es de lo que se está hablando y otra diferente la contratación de extranjeros que ya son residentes legales en España.

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