Recurrir multa una vez pagada

Comento mi caso.
He pagado una multa para aprovecharme de la reducción del 50%, porque tenia entendido que aun pagándola podía recurrirla. ¿Es esto cierto? ¿Qué debo hacer ahora para recurrirla? No se si se puede alegar defecto de forma mediante un escrito en el juzgado de lo contencioso administrativo.
En la multa, FALTA el color del coche, y donde pone AGENTES: solo me pone un numero, el otro figura como 000 (en el papel rosa si aparecía numero). Faltando estos datos, esta multa es totalmente recurrible por error de forma ¿no?
¿Cuántos días dispongo antes de recurrir donde sea posible? ¿Y cómo debo hacerlo?

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Una vez pagada la sanción, no puede recurrir, pues se cierra el expediente sancionador.
Con la nueva normativa, si se paga con reducción, no hay posibilidad de recurso, por lo tanto, tendría que haber recurrido, pero perdiendo la reducción.
En cuanto a lo que usted indica, el color es un error subsanable, y si hay un numero de agente sancionador es suficiente.
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