Seguridad social

Hola:
     Mi hija ha terminado la carrera y le han ofrecido trabajo en una compañía. Le han dicho que ella tiene que pagarse la seguridad social como autónomo. No sé si eso se puede hacer así, si es legal.
     Mi pregunta es, ¿puede darse ella de alta individualmente en la seguridad social en régimen general o tiene obligatoriamente darse de alta como autónomo? ¿Hay alguna otra forma que le sea ventajosa a ella?
Muchas gracias
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Vivo en Argentina, y no soy abogado; esta pregunta es para un abogado español.
Sin embargo: es legal cualquier acuerdo entre personas (si es para una actividad legal).
Siendo autónoma, la convierten en empresa. Queda establecida una relación Empresa-empresa, y no hay despidos, presinden de ti y punto.
La oferta como autónomo, es de mayor nivel que una en relación de dependencia (bravo!, podrá trabajar free lance facturando a cualquiera. Y la contracara: pueden no requerir más de tus servicios.
Ahh, y si, si no se da de alta como autónomo, éstos no la contratarán, así es la propuesta que le han ofrecido: la tomas o la dejas.
Por último: jajaj, entiendo su preocupación, y lo admiro por defender a su hija, pero ella es profesional, sabe decidir lo que le conviene laboralmente. Sí, tal vez, podría servirle charlarlo con Ud. si sólo le ayuda en sus pensamientos, sin entrometerse mucho complicándole esos pensamientos, es ayudarla a pensar, como si jugara tenis de frontón, Ud. hace de frontón, de pared, es ella la que debe jugar y juega.
No tiene que quedarse con mi opinión, le sugiero consultar aquí mismo un abogado, él le dirá: es legal, no tiene otra opción.
Gracias por su confianza en elegirme, lo saludo, y ya sabe dónde encontrarme.
Atentamente. Fri

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Generalmente este tipo de contratos se ofrecen para puestos comerciales y desde luego es legal.
Creo que es más conveniente que sea autónomo puesto que en el régimen general solo puede darle de alta la empresa y parece que este no es el caso.
De todas formas, que pase por la oficina de la SS que le corresponda y que le asesoren al respecto.
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El Contrato Mercantil es tan ventajoso a la hora de la verdad como el Contrato Laboral, solo hay que entender perfectamente que ella debe ocuparse de los pagos de la Seguridad social.
Lo primero a aclarar es si dedica al menos el 75 % de su actividad en esta empresa, entonces puede ir a Hacienda a darse de alta en el epígrafe correspondiente, totalmente gratis. Debe indicar que trabaja casi total mente o totalmente para esta empresa, pues hay caracyerísitcas especiales en este caso.
El IRPF se lo descontará la propia empresa en su nombre.
A los 10 días puede darse de alta de a la Seguridad social, si es joven, y según la edad, podrá pagar la cuota mínima.
Al hacer la Renta, recibirá el Certificado de la Empresa y podrá hacer la renta como autónoma, desgrav´çandose los gastos de la actividad, parte ventajosa en este caso para ella.
Al final, recuperar las retenciones que le hayan hecho, son sobre un 15 %.
Suerte.
Hola:
     Ante todo darle las gracias por la pronta respuesta a mi pregunta.
     Le aclaro: Ella va a trabajer únicamente para esta empresa. Ahora mismo tiene seguridad social que le paga la empresa que deja para venir a la nueva, ya que cobra bastante más. Su edad es de 25 años y si la nueva empresa no le paga la s.s. ella tendrá que cotizar como autónoma ¿no? La cuota me ha dicho un compañero que es aproximadamente de 180 euros mensuales por tener menos de 30 años. Yo lo veo una barbaridad, pues yo soy de muface y estoy en la s.s. pago con toda mi familia incluida 40 euros mensuales.
    Y ¿Qué problemas tienen los autónomos con las bajas y las vacaciones? No se las pagan ¿verdad?
     Ruego me disculpe por las molestias
     Un saludo
¿La cuota que paga de 180? Incluye la prestación de pensiones.
En la actualidad y todos estamos a la espera de una nueva ley que entre en vigor por la que los autónomos se equiparan al régimen General de la Seguridad Social.
En el momento actual no cubre bajas ni vacaciones.
De todas formas todos estos gastos son deducibles con la Renta.
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Como autónoma, su hija pagara menos de seguridad social que siendo dada de alta en régimen general. (170 ?/mes) aproximadamente.
El problema es que no tendrá paro ni vacaciones pagadas.
La empresa que la contrata puede darla de alta en régimen general y encargarse de las cuotas, pero les sale muy caro, por esto quieren que su hija se de de alta como autónoma.
Dicho esto, siendo autónoma, tiene la libertad de trabajar y facturar a varias empresas por su trabajo.
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Lo que le está diciendo la empresa es completamente legal.
Muchas empresas recurren a contrataciones de este tipo a efectos de no incrementar su plantilla de trabajadores. Es decir, en vez de contratar personal en nómina, establecen una relación mercantil de prestación de servicios entre el autónomo ( que es un prestador de servicios "encubierto") y la empresa.
Su hija debe darse de alta como autónoma, cotizar por ello todos los meses, y además estar al corriente de pago con la Agencia tributaria, ya que si no cumple esos requisitos, la empresa podría negarse a abonarle la factura ( con la ley en la mano).
En el marco de sus negociaciones, le recomiendo que ella negocie con el empresa, que ésta asuma el coste que supone para ella ( como profesional) el pago de la SS.
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He leído tu pregunta cuidadosamente. Te cuento que yo soy de Argentina. Si tu eres de España, deberías preguntarle a un experto de ese país, dado que en cada país las leyes son distintas.

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