Que reponsabilida tengo como administrador

Soy accionista del 49% y administrador mancomunado, pero no he ejercido como administrador, las acciones de administrador las ha ejercido el otro administrador con los apoderados, las actuaciones, decisiones y gestiones de la empresa las a estado tomando el otro administrador junto a su padre (el apoderado, que según el apoderamiento pueden firmar mancomunadamente) la empresa la han llevado a la quiebra, y en estos momentos esta sin actividad y el 30 de jul. Io presentaron aviso de concurso, yo por mi partes les he requerido la contabilidad de la empresa y las cuentas y extractos bancario pero me dan largas, me he cogido un abogado al cual están mareando con que el abogado de la empresa se va a reunir con el pero van dando largas, ¿la empresa en marzo cogió 100.000? ¿De un préstamo ICO y 110.000? De unos avales de una subvención del SERVEF (nuestra actividad es de formación) y se llevan sin cubrir los gastos de la empresa desde marzo. Mi abogado ha intentado ponerse en contacto con el abogado de la empresa le han dado largas hasta el día 13 que tuvieron una runion para ver que pensaban hacer con la empresa. Me informa que quieren presentar concurso de acreedores, y el 14 de septiembre me llama mi abogado a la 12:45 para que me presente en el juzgado para firmar conjuntamente el concurso de acreedores con el otro administrador, o lo firman ellos con, el administrador mancumunado con el apoderado, no me presento por que es todo muy precipitado todavía no tengo las cuenta de la empresa ni la comtabilida ni me han justificado o explicado donde esta el dinero que se ha cogido la empresa no tengo documentación ninguna de la empresa, actúan siempre presionando y amenanzando. ¿Qué responsabilidad puedo pedir? ¿Qué responsabilidad puedo tener?
En julio ya intente hacer junta que ellos aprovecharon para imprecarme y no se trato ningún punto de los que se iban tratar, además en el momento no se debato acta ni se nombro presidente y secretario la redacto el abogado de la empresa (que me lo presentaron en el momento) sin estar yo presente, así que no la firme.
TE aclaro que la empresa tiene 10 años de actividad, lo que pasa que era de mi hermano y los socios y yo entramos en diciembre, aunque ellos ya manejaban la empresa desde octubre.
Respuesta
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Lo extraño es que teniendo un abogado (que imagino cobra por ello) quieras hallar información mejor en un foro gratuito, no obstante vamos por partes:
Quiebra y Declaración concursal no son lo mismo, la quiebra es una situación que habitualmente es irresoluble y cursa la liquidación y posterior disolución y cierre de la mercantil. Por otro lado, el concurso de acreedores en una medida que permite llegar a acuerdos de pago aplazado con proveedores y acreedores a un máximo de 5 años y que permite así mismo reducir la deuda ya que los acuerdos que se adopten con los acreedores pueden incluso suponer reducciones de la deuda y condonaciones de pago de deuda por medio de obtención de un compromiso de pago efectivo, cosa que de entrada evita el procedimiento judicial que puede llevar a una posible responsabilidad solidaria de los socios y administradores ante la deuda.
Eso por un lado, pero vayamos a otro nivel de problemática y que no entiendo cual es la actuación de su abogado:
a) Con un porcentaje de participación del 49% y en tanto que administrador de la mercantil cuenta con derecho legal suficiente para poder revisar la documentación económica de la empresa en su sede social en los plazos y en las formas establecidas por la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada. En defecto de ese derecho se podrá pedir inclusive la revisión por mandato judicial.
b) En el caso de que existan movimientos anómalos o que existan delitos societarios, contables, registrales, mercantiles, etc..., es conveniente proceder a las correspondientes querellas civiles o penales contra los administradores o apoderados que actúen de forma ilícita y que hayan contribuido a la descapitalización de la empresa si de ello se deriva un aumento de su masa patrimonial o simplemente si se han beneficiado en buena medida de las decisiones tomadas en contra de la marcha de la empresa.
Por tanto, los pasos que habría que dar son:
a) Prescindir de abogados directos de las partes - abogado de empresa, abogado del administrador, etc..., para conseguir la asistencia de un abogado neutro cuyo principal deseo sea lograr el consenso y el arbitrio de las partes - se evita una buena cantidad de dinero.
b) Que el abogado arbitro que se designe cuente con equipo para poder estudiar abiertamente la empresa, su situación y las responsabilidades personales que puedan devengarse de la situación y movimientos realizados durante la gestión de la empresa con un carácter retroactivo de 4 años.
c) Que se haga frente de la mejor manera posible el estado concursal de la empresa con unos planes de viabilidad económico financiera que se puedan cumplir en el tiempo.
d) Llegar a acuerdos internos para depurar responsabilidades personales si existieran sin que trasciendan ni supongan procesos judiciales entre socios y apoderados de la mercantil donde todos pierden y nadie gana.
El procedimiento que pasan es un proceso complejo que hay que tratar desde dos puntos de vista:
a) El mercantil
b) El personal.
Es necesario, aunque existan tensiones, que enfrenten como un equipo unido las cuestiones de la empresa o de lo contrario los golpes a las personas llegarán posteriormente en forma de acciones contra el patrimonio personal de socios y administradores.
Por tanto, es preceptivo que se ponga en marcha toda la maquinaria primero informativa, segundo resolutiva para poder llevar este proceso a buen puerto.
Si los asesores / abogados que tienen no son especialistas en derecho mercantil no creo que sean una buena ayuda actualmente.
Quedamos a su entera disposición.
El abogado me ha propuesto de convocar junta para, vía burofax para, dimitir como administrador ya que no estoy ejerciendo como tal, y luego como accionistas pedir las cuentasy gestiones que se han realizado en m inombre y la disulucion de la empresa ya que no poseo ningún tipo de ni tengo ningún tipo de documentación y si no responden a los burofas pues entonces pasar vía judicial, la empresa según los otros accionista
Mi abogado es de la especialidad de Mercantil, pero me gusta tener varias opiniones, creo que con todo lo que me esta pasando estoy un poco desconfiada, gracias por vuestra atención
Por de pronto.
Creo que la estrategia de su abogado es totalmente equivocada.
Por otro lado, que me explique en base a que supuestos va a pedir la disolución de la sociedad si los demás socios y administradores no están de acuerdo y si por otro lado no existe una situación patrimonial que legalmente aboque a esa situación (y más cuando ya han hecho lo que la ley establece que es declararse en concurso de acreedores).
Le aseguro, y se lo digo por experiencia, que no es el momento de desmarcarse de la situación de la empresa ya que siempre hay tiempo para ello. Lo más importante es que entre todos puedan solventar la situación de la empresa para evitar conflictos personales futuros ya que el hecho de que dimita como administrador no implica que como tal no tenga responsabilidad en lo acaecido en los años precedentes.
Por tanto, cualquier estrategia que se tome debería ser después de conocer el estado de la sociedad y no antes ya que además sería una forma fundada de poder realizar cualquier acción (inclusive judicial contra un socio si fuera menester) pero en estos momentos si no existe documentación, no se han revisado las cuentas, etc..., ¿cómo se puede tomar una estrategia concreta en un sentido u otro?
Yo no lo enfocaría de ese modo jamás.
Te comento que la situación es que lleva 8 meses sin hace frate a ningún pago, la que el el otro administrador mancumunado y el apoderado lleva toda la gestión de la empresa, pagos a trabajadores, luz, agua, alquiler, prestamos, y tdo lo relacionado con la empresa, y sin actividad por lo menos 3 meses, es una empresa de formación y aunque los profesores son autónomos, al no pagarles y no conseguir llegar a ningún acuerdo dejaron de dar clases. A los trabajadores que están en régimen por la Seguridad social con una antiuedad de 10 años uno y 5 otro se les ha despedido con un despido objetivo y por que les he insitido yo. La empresa tiene 10 años de antigueda pero en Diciempre se sevendio la empresa y se hizo ampliación de capital y entramos en sociedad el y el otro socio el anterior propietario era mi hermano, la empresa tenia posibilidades de continuar tenemos 5 resuluciones aprobadas de ciursos del servef y ademas de la formación privada y ademas en en febrero secojio 100.000euros del ico que se han dedicado a otra empresa y 110.000 de antizipos de los cursos que se estaban dando del servef que teminaron en Abril y que no se hanpodido justificar
Así que sin actividad la empresa, ¿se puede pedir Disulucion?, ¿Y qué reponsailidad puedo tener si no he tenido posibilidad ninguna como administración para cambiar la situación? Y nunca han consultado conmigo ninguna decisión, su contestación siempre es que ellos no saben nada
Estimada Sra.
Entiendo su situación pero con los aportes actuales de datos no puedo indicarle más. Las cuitas que me manifiesta debiera de estar en condiciones de responderlas la persona que tiene contratada como abogado.
En el caso de que quiera que nosotros nos encarguemos del caso estaremos encantados de estudiar la situación y de emitir los dictámenes correspondientes así como la representación legal adecuada.
Entienda que en este medio gratuito no podemos ir más lejos ni podemos garantizar ninguna de las aportaciones al no tener acceso a los datos ni a la documentación de la empresa.
Todo el proceso actual debe ser tratado desde un punto de vista global y no parcial - lo importante no son ahora las responsabilidades sino la posible continuidad de la empresa y la posterior asunción de responsabilidades.

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