Excedencia

Hola,
Tengo un familiar con el siguiente problema:
Él pertenecía a una empresa pequeña que formaba parte de un gran grupo de empresas. Hace casi dos años pidió una excedencia por motivos que no vienen al caso y el problema es que en este tiempo, el grupo de empresas ha decidido cerrar la empresa en la que trabajaba. A los dos años, este familiar piensa pedir la incorporación a su empresa, pero si está cerrada o a punto de cerrar, ¿está obligado el grupo de empresas a absorber a las personas en excedencia de las empresas del grupo?. En caso de que al grupo de empresas no le interesase contar con los servicios de mi familiar, ¿debería indemnizarle?
Gracias

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Cuando un trabajador solicita una excedencia lo que esta haciendo en dejar en supenso su relación laboral es decir, esta abriendo un paréntesis temporal en el que decaen las obligaciones de prestar trabajo el y retribuirlo la empresa. Además salvo en casos que legalmente este establecido una excedencia forzosa con reserva de puesto de trabajo (por ejemplo un trabajador que es elegido para desempeñar un cargo publico), la excedencia "normal" (por así llamarla) no genera un derecho de reserva de puesto, sino que genera lo que la doctrina ha denominado una expectativa de derecho, esto es, si preavisada la empresa en tiempo y forma del fin de la excedencia, tuviese un puesto que ocupar de característica similares al que suspedio el excedente, está obligada a ofrecérselo. Esto en la practica real y cotidiana es muy inusual, salvo que haya pruebas contundentes de que la empresa ha ocupado a otro trabajador en el puesto que debería ser del excedente en expectativa de puesto.
Si además la empresa ha cerrado o lo hará próximamente, teniendo en cuenta que la relación laboral esta suspendida, casi con toda probabilidad la empresa no le va a readmitir para después tener que despedirlo con indemnización que proceda.
Es triste pero entiendo que es así.

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