Pago a plazos indemnización despido improcedente

Nuestra empresa pretende pagarnos en 11 mensualidades el importe de nuestras indemnizaciones por despido improcedente.
¿Pueden hacer esto?
Si es así, ¿Qué tipo de garantías podemos exigirles, para asegurarnos el cobro de esas mensualidades?.
La empresa es una S.L. Española que pertenece a un grupo de empresas, cuya "empresa madre" es una PLC inglesa.
Tenemos razones (bastante bien fundamentadas) para creer que la S.L. Española será cerrada en breve, así que nos gustaría - si "pueden" pagarnos a plazos - tener todas las garantías para saber que seguirán pagándonos en el futuro, incluso cuando la S.L. Española ya no exista.
Gracias anticipadas.

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Se me hace un tanto extraño que os paguen las indemnizaciones a plazos.
Si bien es cierto, cuando una empresa no paga a sus trabajadores por no tener recursos económicos quien se hace cargo de los pagos, pero no al 100% es FOGASA, así que si os aseguran que vais a cobrar el 100% de vuestra deuda aunque sea a plazos, no resulta tan negativo, económicamente hablando.
Lo que se me ocurre que podríais hacer, es tratar de que la empresa os firme algún documento en el que diga que os va a liquidar la deuda de esa forma e incluso que si ella no puede responder lo haga subsidiariamente la empresa matriz.

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