Exportacion vehiculo a africa

Yo soy concesionario de vehículos, que vendo un coche a un compraventa de madrid que exporta dicho vehículo a áfrica,
¿1º Cómo se hace la 1 factura y a nombre de quien?
2º La factura tiene que llevar iva o no
3º en el caso que no lleve iva ¿por qué es?
4º en mi contabilidad como pongo dicho apunte
5º en el modelo 347 se tiene que reflejar

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Partiendo de la base de que eres concesionario y se lo vendes a otra empresa madrileña; la factura siempre irá con IVA. En tal caso será tu cliente quién no cobre IVA a su cliente por venderlo a Canarias.
Tu cliente se lo vendería sin IVA puesto que el cliente final Canario tendría que liquidar su impuesto correspondiente en Canarias (IGIC).
Por tanto, en lo que a ti respecta, hablamos de una venta normal.
Gracias, la venta no es a canarias sino a marruecos áfrica
Perdona por la confusión.
De todas formas el procedimiento es el mismo.
Será el cliente marroquí de tu cliente quien tendrá que afrontar el IVA de su país. Tu cliente deberá facturarle sin IVA.
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Pues no entiendo bien tus respuestas, no me respondes exactamente a lo que yo pregunto:
"Buenas tardes tengo varias dudas, yo soy concesionario de vehículos, que vendo un coche a un compraventa de madrid que exporta dicho vehículo a áfrica,
¿1º Cómo se hace la 1 factura y a nombre de quien?
2º La factura tiene que llevar iva o no
3º en el caso que no lleve iva ¿por qué es?
4º en mi contabilidad como pongo dicho apunte
5º en el modelo 347 se tiene que reflejar
Muchas gracias
Te respondo punto por punto entonces:
¿Cómo se hace la 1 factura y a nombre de quien? La primera factura irá a nombre del compraventa de Madrid y se la facturará tu concesionario.
2º La factura tiene que llevar iva o no. Sí, ya que le estás facturando a otra empresa. Lo que el compraventa haga después con el vehículo, no debe afectar a tu facturación.
3º en el caso que no lleve iva ¿por qué es?. Lleva IVA. No lo llevaría si fueses tú quien vendieras directamente el coche a Marruecos.
4º en mi contabilidad como pongo dicho apunte. Como una venta en firme normal.
5º en el modelo 347 se tiene que reflejar. Si supera los 3.000 euros, sí.

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