Vendo piso

Quiero poner mi piso a la venta, que tengo que hacer en caso de tener un comprador, me suena algo de "arras"pero la verdad que no se que es, quisiera saber los pasos a seguir, en caso de vender el piso.
Respuesta
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No existe un formulario expreso para las arras, pero de todas formas, en los estancos existe un modelo de contrato de compraventa y creo, no lo sé, que debe hacer referencia al artº 1454 del C.C.
Es un contrato normal en el que se inckuye este articulo que ya te cité antes.
Si me mandas un mensaje a mo correo
[email protected] ; te mando uno general a tu correo, solo tienes que modificar los datos.
Por avor no olvides puntuar. Gracias y un saludo. Fulma.
Según Ley el conprador tiene derecho a elegir notario, pero me imagino que si ha solicitado una hipoteca será el banco quien lo elija. Habrás de darle una fotocopia de la escritura y copia de tu DNI y el de tu mujer ( si estas casado en gananciales), aunque si quieres lo puedes llevar tu mismo al notario; has de llevar también el ultimo recibo de contribución; la propia notaría se encarga de pedir nota simple para verioficar que el piso no tiene cargas, y ya te citarán para el día que tenéis que ir a firmar. ¿Has aclarado quien paga la escritura y la plusvalía de la venta?, si lo has aclarado antes de fiormar el contrato no hay problema; ten en cuenta que por Ley el vendedor paga la plusvalía y la mayor parte de la escritura; el vendedor solo paga los derechos reales y el registro ademas de una pequeña parte de la factura del notario.
Existe un formulario establecido para lo de las arras, ¿dónde lo puedo conseguir?
Gracias
Cuando se hace un contrato de compraventa lo normal es recibir una cantidad en señal, y lo de arras (entrega en señal) que te suena es lo siguiente: el artº 1454 del Código Civil dice " Si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá rescindirse el contrato, allanándose ( comprometiéndose)el comprador a perderlas, o el vendedor a devolverlas duplicadas".
Lo anterior significa que si el comprador se arrepiente pierde lo que ha entregado y si tu que vendes te arrepientes deberás devolver el doble de lo que te entreguen como señal.

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