Fiscalidad alquiler y negocio

Tengo un Restaurante en Madrid y me han propuesto alquilármelo, el bajo también es de mi propiedad y el empresario que me ha propuesto alquilar mi negocio por una parte me pagara por el alquiler del negocio y por otra parte me pagara por el alquiler del local que también es de mi propiedad. Yo tengo una Sociedad Limitada y con el dinero que me pague por el alquiler de las dos cosas lo destinare íntegramente a pagar los diversos créditos que solicite para montar el negocio(dos hipotecas personales y uno a nombre de la Sociedad Limitada). Mis preguntas serian: ¿Mi Sociedad cuanto tanto por ciento tendrá que pagar de impuestos por el dinero que reciba de los dos alquileres? ¿Hay alguna forma de pagar menos impuestos por este dinero recibido?

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Si los pagos los va a recibir a nombre de la sociedad, entonces tendrá que pagar impuestos al porcentaje general de su impuesto de sociedades. Esto depende de la facturación que tenga su empresas. Si es pequeña empresa que seguramente estará en este apartado pagará el 25%. Para poder pagar créditos personales, primeramente tendrá que percibir un salario o dividendo de la sociedad limitada, ya que ustedes son personas separadas. Es decir, no puede simplemente tomar dinero de la sociedad e invertirlo en pagar su propia hipoteca.
Normalmente no va a tener muchas opciones de reducir el montante de impuestos, ya que lo tendrá que cobrar con la sociedad o como persona física y seguramente lo primero será mayor.
Pero a aparte de pagar el IRPF o el Iva (lo que me corresponda), ¿tendré también que pagar el 25 por ciento por el impuesto de sociedades?. Entonces tendré que subirle el precio de todo al que quiere alquilármelo, sino no podre pagar estos impuestos.
Son hipotecas personales pero las solicite para montar el negocio, yo no percibo ningún sueldo de la sociedad, ¿no puedo hacer transferencias para pagar las hipotecas?
En principio debe tener claro que la sociedad es una "persona" (en este caso jurídica) distinta de usted. Cuando tomó el préstamo personal usted invirtió el dinero en la sociedad, es decir lo usó como capital para fundar la empresa. A partir de ese momento el dinero es de la empresa, ya que como socio capitalista el capital aportado le da derecho a cambio a una parte proporcional de los beneficios de la empresa. La deuda, si tomó un préstamo personal, sin embargo es suya y la empresa no tienen nada que ver con ella. Por tanto si el local está a nombre de la empresa y esta percibe un rendimiento del mismo, esto es una ganancia de la empresa y para que usted puede usarla para su préstamo personal primero la empresa debe distrubuir esa ganancia en forma de dividendos.
Eso, a no ser que en realidad el préstamo lo haya pedido a nombre de la sociedad, pero con su garantía personal como aval. Entonces sí sería una obligación de la empresa ya que usted sólo actuaría como avalista y por tanto podría usar el dinero para pagar estos gastos directamente.
Gracias por sus aclaraciones.
Los créditos se pidieron a nombre de la empresa, entonces si todo el dinero que recibo lo uso para pagar estos créditos, ¿tendré qué pagar algo de impuestos?
Gracias otra vez
No, entonces la cosa cambia. Si se pidieron a nombre de la empresa, el pago de los créditos es un gasto, que sí se puede sufragar con el precio del alquiler (por supuesto siempre y cuando el contrato de arrendamiento sea hecho a nombre de la empresa y los locales estén a nombre de ésta).

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