Préstamo padres a hijos para la compra de vivienda

Soy de Andalucía, y mis padres vendieron un apartamento que habían comprado hace 30 años, y el dinero que recibieron de la compra me lo prestaron para que yo pudiera comprar mi vivienda en el año 2005, puesto que no tengo ingresos fijos, trabajo de forma eventual, así que era un riesgo solicitar un préstamo al banco, por lo tanto mis padres decidieron ayudarme y compré el apartamento (era necesario comprarlo debido a mi incapacidad para subir escaleras puesto que vivía en una segunda planta y el que podido comprar es planta baja). El problema es que Hacienda me ha enviado un documento diciendo que es una "presunta donación" y me informan de la cuota más los intereses que tengo que abonar, porque no se lo creen. Por supuesto tengo que devolver el dinero a mis padres poco a poco, ¿qué puedo hacer?, ¿Debería contratar a un abogado?, ¿Cómo puedo demostrar que el dinero lo voy a devolver a medida que vaya trabajando? PD. Estuve durante 5 meses trabajando y abrí una cuenta a nombre mío y de mi madre, y el dinero que iba ganando tanto mis padres como yo disponíamos. Ahora me han vuelto a contratar.

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Para demostrar que es un préstamo deben:
a) Hacer y firmar un documento de préstamo donde se especifique quien es el que da el dinero, a quien se lo da, que tipo de interés (cero) se exige y cual es el plazo y la forma de devolución de las cuotas y cual es el fin del préstamo (tiene que tener finalización).
b) La fecha de l contrato ha de ser de 2005 (a partir de 2007 "gracias" a la nueva ley de operaciones vinculadas ya no se admiten préstamos de padres a hijos sin intereses)
c) Justificante bancario o cualquier otro documento de pago que justifique el traspaso de dinero de sus padres a usted.
d) Copia de los pagos a cuenta de devolución del préstamo (aquí es donde veo el problema)
El problema es que si los pagos los hace en una cuenta en la que es titular se está haciendo un ingreso a si mismo ya que podría ir al día siguiente y sacar todo ese dinero. La devolución debería hacerse en una cuenta de la que sean titulares sus dos padres ya que entiendo que el piso era de los dos, el dinero ganado de los dos y el préstamo se lo dan los dos, no puede pagarle sólo a su madre.
Si el dinero no deja de ser de su propiedad (es titular de la cuenta) no está realizando pagos porque no deja de ser el titular del dinero.
Si es un préstamo debe pagar a sus dos padres, no a uno sólo.
En caso contrario es una donación encubierta.
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Hola de nuevo, antes de nada muchas gracias por la respuesta. Mi pregunta es: ¿Debería contratar a un abogado?, sería más efectivo la explicación de un abogado, ¿por qué me han citado para el próximo 20 de agosto? . ¿La cuota que tengo que pagar supera los 30.000? Y resulta que si los pago sería una donación, cuando yo tengo que devolverle el dinero a mis padres, puesto que tengo una hermana que estaría en desigualdad conmigo. Gracias de nuevo
Para preparar la documentación sería conveniente que contratase un abogado fiscal o asesor fiscal que redactara el contrato en los términos precisos para poder defenderse ante hacienda. Hacienda no se cree las cosas mejor si lo explica un abogado, se atiene a los hechos. Los profesionales en el campo fiscal lo que pasa es que vamos con más cuidado con lo que decimos para no meter la pata.
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Muchísimas gracias por su respuesta, ha sido muy amable y muy rápido en la respuesta. Gracias por dedicarle su valioso tiempo a este portal.

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