Compnensar

Estimado experto,
He lanzado una pregunta al tablón, no obstante me gustaría hacerla a un experto en el tema directamente.
Se trata de tener la opinión de un experto sobre qué opina de los siguiente. Tenemos un cliente que a su vez es proveedor y al cual se le adeuda un importe igual al que él nos adeuda a nosotros. Se ha acordado que no se va realizar movimientos de fondos y así lo que él nos debe se compensa con lo que nos deben a nosotros ¿estaría soportado contablemente este asiento con el acuerdo escrito (pese as existir el principio de "no compensación")?
Gracias

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Pienso que lo mejor es anotar el pago por caja en ambas partes y ya está.
Creo que es la mejor solución.

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