Contrato mercatil

Buenas tardes voy a firmar un contrato mercatil con una empresa de reparto de publicidad y me indican que no es necesario que este de alta como autónomo, es esto cierto.
Gracias.

1 respuesta

Respuesta
1
No es cierto. Tienes que darte de alta como autónomo.
Segudamente te envío las obligaciones:
Obligaciones del Profesional Autónomo:
Darse de alta en el IAE correspondiente
Darse de alta en la S.S. de autónomos
Pagar mensualmente la S.S. de autónomos
Hacer declaraciones trimestrales de IVA, salvo que la actividad esté exenta del IVA
Presentar el resumen anual del IVA, salvo que la actividad esté exenta del IVA
Hacer la declaración de la renta anualmente
Darse de baja en el IAE a la finalización de la actividad profesional
Darse de baja en la S.S. de autónomos a la finalización de la actividad profesional
Obligaciones de la Entidad al contratar a autónomos
Alta en censo retención I.R.P.F.
Hacer contrato escrito (aunque puede formalizarse verbalmente)
Retener un 7 % o un 15 % de las remuneraciones, según se explica en apartado dedicado a la gestión del IRPF en contratos a autónomos.
Pagar retenciones de IRPF trimestralmente
Hacer resumen anual de IRPF
Entregar al trabajador el certificado de retenciones de I.R.P.F..

Añade tu respuesta

Haz clic para o
El autor de la pregunta ya no la sigue por lo que es posible que no reciba tu respuesta.

Más respuestas relacionadas