Operaciones intracomunitarias

Hola:
Tengo claro como se registran las adquisiciones intracomunitarias en el modelo 300, 349 y Intrastat.
Pero tengo dudas de como se registran los servicios intracomunitarios, ya que me han comentado (pero no lo veo claro) que no se declaran ni en el modelo 349 ni en Intrastat, y en el modelo 300 se registra como una operación interior (repercutido y soportado) y en el modelo 390 se registran como "IVA DEVENGADO POR INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO" y con un numero de serie separado de las adquisicones intracomunitarias.
¿Me podrías sacar de dudas?
Un saludo.

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En principio, las operaciones intracomunitarias comprenden tanto las operaciones con bienes como la de servicios.
Por tanto, las declaraciones de esos servicios van por la misma vía que para los bienes.
Ahora bien, la actual ley del I.V.A. establece que para cada tipo de operación, el sujeto pasivo deberá incluir en sus facturas un número de serie distinto que el de sus operaciones corrientes, tanto así para las operaciones dentro de España.
Es decir, que si facturas con un número de serie para las mercaderías, deberás facturas con otro número de serie para los servicios, facturas de abono y facturas rectificativas; a parte, tendrás que designar otra serie para las operaciones intracomunitarias.

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